La empresa Hoyts General Cinema fue condenada a sumar a la indemnización de una empleada despedida una compensación por entradas de cine, vales para helado, tarjeta subtepass, gimnasio y cochera. Todos items que se consideraron parte del sueldo.
El fallo de la Cámara Nacional del Trabajo confirmó así una sentencia dictada por un juez laboral y sólo hubo desacuerdo con el tema de los cursos de inglés, que a diferencia de todo lo anterior, no fue tomado como salario.
La firma cuestionó el “carácter salarial” que se le dio al “uso del estacionamiento, las clases de inglés, el acceso al gimnasio y otras prestaciones (vale de helado, acceso a cines de la demandada y uso de la tarjeta subtepass) que eran entregados a los empleados de la empresa, según sostiene la demandada, en carácter de “beneficios sociales””. Pero la Justicia determinó que son parte del salario y los incluyó a la hora de calcular la indemnización.
La mujer trabajó en Hoyts desde el 9 de noviembre de 1998 al 29 de enero de 2012, cuando se la despidió e indemnizó con 157.255 pesos.
Pero demandó a la empresa de cines por las diferencias salariales y ahora la Justicia ordenó que se le pague lo reclamado y que lo abonado al ser despedida sea tomado como pago a cuenta.
“No tener que afrontar el gasto de la cochera ” es una “ventaja patrimonial derivada del contrato de trabajo”, argumentó la ex empleada y se le dio la razón.
Todos los beneficios “constituían parte de la remuneración de la actora y, por ende, debieron incluirse en la base remuneratoria utilizada para el cálculo de las indemnizaciones de ley”, concluyó la sentencia de primera instancia ratificada por los camaristas Alvaro Balestrini y Mario Fera.