La Cámara Federal de La Plata confirmó el procesamiento de una mujer que irá a juicio por la venta y distribución de medicamentos, algunos utilizados para la interrupción de embarazos, sin autorización.

La producción de diversas medidas de prueba, entre ellas, intervenciones telefónicas, tareas de seguimiento, pedidos de informes y allanamientos, permitieron avanzar sobre la mujer y otros dos acusados que “habrían distribuido y comercializado medicamentos sin la debida autorización legal”, en distintos puntos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires.

Según el expediente, esa conducta se habría desplegado desde abril del 2018 y, por lo menos, hasta fin de noviembre de 2019 cuando se realizó el allanamiento del domicilio de uno de los implicados.

Delito y pena

En primera instancia se había dispuesto primero la falta de mérito.

Luego se dictó el procesamiento de la mujer como coautora de la conducta del “artículo 204 quinquies del Código Penal”, que impone una pena de entre 6 meses a 3 años de prisión al que “sin autorización vendiere sustancias medicinales que requieran receta médica para su comercialización”

La defensa de la mujer apeló el fallo y alegó que no se pudo acreditar que existieron actos de comercio ya que “no se dio con ningún comprador”.

Su caso llegó a la Cámara Federal de La Plata.

Los abogados explicaron que “el hecho de que su defendida haya intentado crear una página web para comercializar dichos fármacos, no constituiría más que un acto preparatorio no punible”

La Cámara Federal no compartió ese criterio y confirmó el procesamiento.

Que Google no se de cuenta

De una escucha telefónica surge que la imputada tenía la intención de crear una web.

“Que figure en primera página de búsqueda de Google”, decía, y explicaba que “no puede hacer mucha publicidad, en muchos lugares, por el tema de las denuncias (…)”.

Su interlocutor le responde que “puede hacerlo siempre y cuando Google no se de cuenta que tipo de producto es”.

Los jueces Carlos Vallefin y Roberto Lemos Arias recordaron que lo que se imputa a AGP es la venta y distribución de los  medicamentos bajo receta sin autorización para hacerlo, y no el medio que haya empleado para concretar esas ventas.

“La frustrada intención de crear una página web, expone con claridad el propósito de desarrollar un sistema de compraventa ilegal aún más sofisticado y organizado”, concluyeron los camaristas.

Blisters y pastillas

De las intervenciones telefónicas “se advierte a las claras de qué manera la imputada coordina la entrega de blisters y pastillas con” su hermano para que éste las distribuyera, remarcó el fallo.

“Cómo vamos a hacer? Vos le vas a dar las Pastillas a Pao? Cuántas tenés vos ahí?”

Su hermano responde que tiene “seis blisters y medio”

Según las escuchas, pactaban encontrarse en lugares públicos, como un shopping y describían de qué manera irían vestidos para identificarse.

Los remedios

Específicamente, intentaban la venta y distribución de pastillas como “Oxaprost” y/o “Cytotec”, para cuya comercialización se requiere -ineludiblemente- receta médica. Son medicamentos que se utilizan para interrumpir un embarazo.

En uno de los allanamientos se incautaron grandes cantidades de dosis de “Cytotec 200 mcg”.

Dentro de un ropero se halló una caja con cinco blíster completos y en un cajón otras nueve cajas y siete de ellas, tenían los cinco blíster completos de catorce pastillas.

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