En mayo de 2021, una joven discapacitada atendió un llamado a su teléfono celular. Provenía de un número no identificado.

Del otro lado de la línea alguien se presentó como empleado de ANSES y le dio una buena noticia: tenía a su disposición 15.000 pesos de la Asignación Familiar por Hijo.

Para que se lo depositaran necesitaba dar algunos datos vía tarjeta de débito.

Como ella no tenía, le pidió a su padre el plástico que usaba todos los meses para cobrar la jubilación.

Le indicaron que debía acercarse a un cajero automático, poner la tarjeta y seguir indicaciones para “concretar” el depósito del dinero.

El final fue previsible. Alguien entró al homebanking, gestionó un crédito a nombre de su papá, también un anticipo de jubilación y transfirió todo a diferentes billeteras electrónicas

El Banco se percató de los movimientos sospechosos, citó al jubilado pero ya era tarde.

Homebanking

El jubilado negó haber gestionado nada, pese a lo cual comenzaron a descontarle las cuotas del crédito y no le devolvieron el “anticipo” pedido a su nombre desde homebanking

Tanto el anciano como su hija discapacitada explicaron que nunca habían usado esa herramienta para sus trámites bancarios porque no sabían cómo se hacía.

Iban en persona a cobrar vía cajero electrónico o por caja.

La Cámara Nacional en lo Civil y Comercial de la ciudad bonaerense de Azul acaba de confirmar una condena al Banco Provincia y dispuso que devuelva con intereses lo descontado por el crédito y haberes más daño moral y punitivo.

 

Usuario digital obligado

“El banco lo expuso obligatoriamente a la situación de usuario digital”, advirtió el Tribunal de Apelaciones

Además tanto él como su hija son consumidores “hipervulnerables” bajo “protección especial”.

 Las juezas Yamila Carrasco y Lucrecia Comparato y el juez Esteban Emiliozzi coincidieron a la hora de confirmar la sentencia que declaró la nulidad de las operaciones que se hicieron en la cuenta del jubilado entre el 1 y el 3 de mayo de 2021.

También quedó firme el daño moral y punitivo.

La víctima hizo en su momento una denuncia penal pero terminó archivada porque no se pudo rastrear el destino del dinero que le sacaron, según una fiscalía.

El Banco sostuvo que el jubilado ” no se encontraba obligado a realizar operaciones bancarias por medio del cajero automático o mediante la utilización de banca internet provincia (BIP) encontrándose habilitada la utilización de la línea de cajas”

Pero el Tribunal analizó que ” lo cierto que no resulta elegible pertenecer o no pertenecer o tener o no tener habilitados los sistemas de banca digitales”

El jubilado “no podía elegir ser solo usuario del banco mediante atención personal, el banco lo expuso obligatoriamente a la situación de usuario digital”

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