La Cámara Civil hizo lugar a una demanda de una mujer que sufrió serios trastornos tras una rinoplastía y condenó al médico cirujano y a la clínica donde se operó al pago de una suma millonaria.

Los jueces dieron validez al peritaje médico, que concluyó que la operación estética de nariz a la que la mujer se sometió en abril de 2022 le generó como lesión crónica, “sinusitis maxilar, etmoidal y esfenoida”

El fallo confirmó una decisión de primera instancia que ordenó una indemnización de 7 millones de pesos por daños y perjuicios, más los intereses.

Responsabilidad médica y peritaje clave

El informe del perito médico contra su colega fue determinante para la condena. Según el fallo, el profesional que practicó la cirugía ha cometido “falencias” y “omisiones”

No se aportó la historia clínica relativa a las atenciones prequirúrgicas de la paciente. Tampoco figuran registros (historia clínica, evoluciones) sobre los controles posteriores a la cirugía realizada.

Los camaristas Carlos Carranza Casares y Gastón Polo Olivera recordaron la importancia de los peritos como auxiliares de la justicia y la validez de sus informes.

A pesar de que en nuestro sistema el peritaje no reviste el carácter de prueba legal, si el experto es una persona especialmente calificada por su saber específico y se desempeñan como auxiliar judicial distinto de las partes, la prudencia aconseja aceptar los resultados a los que haya llegado, en tanto no adolezca de errores manifiestos, o no resulte contrariado por otra probanza de igual o parejo tenor”, dijeron los jueces

En el caso, el peritaje no fue oportunamente impugnado y tampoco fue objeto de críticas.

“Esto último resulta llamativo pues con fundamento en las “certeras conclusiones emanadas del dictamen pericial” es que el magistrado sostuvo que “se encuentra adecuadamente probada la apuntada responsabilidad profesional”, aseguraron los camaristas del tribunal de apelación.

La importancia del consentimiento informado

De acuerdo al expediente, el consentimiento informado aportado está incompleto. No se pudo conocer la fecha del mismo, ni el procedimiento para el cual se suscribió.

Dicho elemento resulta de vital importancia, toda vez que el objeto de la demanda implica la valoración de la conformidad prestada por la actora para dicho procedimiento, y la información sobre el mismo recibida previamente”

 

El derecho de los pacientes

La defensa del médico se basó en que la paciente no habría esperado los tiempos de recuperación postoperatoria y en que no pudo efectuar los controles por la propia voluntad de ella que decidió no volver más a su clínica.

Ese argumento fue desechado por la justicia que advirtió que “si el paciente ha perdido su confianza en el profesional puede abandonarlo en pos de otra alternativa terapéutica”.

También se mantuvo la condena respecto de la clínica donde se realizó la intervención. “En la actualidad, la responsabilidad en supuestos como el presente se encuentra, más precisamente, en el sistema de protección de los derechos de usuarios y consumidores, desde que estas entidades constituyen indudablemente proveedores de servicios de salud y deben responder directamente por el incumplimiento de las obligaciones asumidas o impuestas por la ley, entre las que este régimen prevé, la de seguridad”, remarcaron los camaristas

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