Un tribunal penal de la provincia de Buenos Aires advirtió que juzgar con perspectiva de género tiene como fin “erradicar la utilización de parámetros discriminatorios utilizados en perjuicio de las mujeres”
Se trata de una sentencia de la sala V de la Cámara de Casación Penal bonaerense que confirmó la condena de diez años de prisión a un hombre por abuso sexual reiterado hacia su pareja.
La pena se impuso en un juicio abreviado ante el Tribunal en lo Criminal 2 de Bahía Blanca pero la defensa igual lo apeló y llegó a Casación.
Perspectiva de género
La perspectiva de género “pretende erradicar la utilización de parámetros discriminatorios utilizados en perjuicio de las mujeres, violatorios de los principios de igualdad y prohibición de discriminación permitiendo identificar los estereotipos que distorsionan la valoración de la prueba sobre la cual se apoyan las decisiones judiciales”, advirtió la sentencia
Garantiza así el cumplimiento del principio de igualdad de las partes y la imparcialidad del juzgador.
Además remarcaron que en el caso hay prueba independiente más allá de los dichos de la víctima de lo ocurrido entre 2014 y 2019 en la localidad bonaerense de Coronel Pringles, donde vivía la pareja
Los abusos “se desarrollaban dentro de un marco de ejercicio de violencia física y psicológica sistemática del encartado sobre la víctima durante la convivencia”
Defensa
La defensa del condenado argumentó que el fallo “resulta arbitrario y carente de la debida fundamentación, por cuanto se ha dado prevalencia a los dichos de la víctima y su entorno familiar, en desmedro de lo expuesto por su defendido y su familia”
Los jueces desestimaron el planteo ante “múltiples evidencias que permiten corroborar” el delito como evidencia médica que dan cuenta “del contexto de violencia de género en el cual vivía la víctima”.
” El defensor aduce la violación del principio de igualdad, ello en virtud de que el enfoque de género conlleva, según su postulación, a que la prueba se base casi completamente en los dichos de la mujer, sin corroboración objetiva alguna!, resumió el Tribunal
En muchos casos en los que se juzgaban -y juzgan- hechos cometidos contra mujeres, “los estereotipos y prejuicios preconcebidos sobre los roles de género generaban un impacto diferencial al momento de valorar la prueba en comparación con otra clase de hechos, profundizando críticas sobre los estándares probatorios relativos -a propósito de este caso- a la declaración de la víctima mujer”
” Afortunadamente, la incorporación de la perspectiva de género en el análisis de los casos permite identificar los estereotipos que distorsionan la valoración de la prueba sobre la cual se apoyan las decisiones judiciales”, analizó la sentencia
Guía de la Suprema Corte
En este contexto, la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires ha elaborado recientemente la “Guía de Prácticas Aconsejables para juzgar con Perspectiva de Género”
Allí se insta a las y los operadores judiciales a liberarse de los estereotipos de género que vician la sana crítica en la medida en que constituyen prejuicios que se perciben como verdades apodícticas y que sesgan la visión de los juzgadores, recuerda la sentencia