La Corte Suprema rechazó por “inadmisibles” los planteos que formularon la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional y Ministerio Público de la Defensa en donde se pedía la revocatoria y suspensión de efectos del llamado fallo Levinas
Se trata de la resolución que ratificó que el Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires es el órgano revisor en las causas que tramiten en los tribunales nacionales con jurisdicción en el distrito.
Ni la asociación que reúne a los jueces ni el Ministerio Público de la Defensa eran parte del expediente civil en donde se debatía la demanda que derivó en esa decisión
No obstante, en el marco de este expediente, se presentaron ante la Corte Suprema con un recurso para revertir el criterio fijado por mayoría por el máximo tribunal el 27 de diciembre último.
“Tal petición resulta inadmisible”, concluyó el Tribunal porque no son parte en el proceso
El juez Carlos Rosenkrantz acompañó la decisión pese a su voto disidente en el caso Levinas.
“Comparto los fundamentos del voto que antecede para rechazar el recurso interpuesto, sin que ello implique modificación alguna de mi disidencia en dicha sentencia”, afirmó.
La respuesta de la Corte llega en momentos en que tres cámaras que integran el fuero nacional –la Cámara en lo Civil, la Cámara del Trabajo y la Cámara del Crimen- decidieron pronunciarse en contra del fallo Levinas y desconocer al Superior Tribunal de Justicia porteña como un órgano revisor de sus sentencias.
La decisión del máximo tribunal del país en este sentido se trasladó también a los incidentes similares planteados en las causas SOCMA, N.N.E., Miranda, Lupetti, L.A.P, GERA, GCBA, Chocobar y Antonio Barillari SA