Un juzgado de Río Negro ordenó a un banco y a una red de tarjetas de crédito abstenerse de debitar los montos millonarios de compras desconocidas por una usuaria y clienta de la entidad.
El caso
La mujer viajó a Buenos Aires y durante la estadía utilizó la tarjeta de crédito para algunos gastos y comprar algo de ropa. Al regresar a su rutina laboral, advirtió que le habían clonado el plástico y que el resumen incluía consumos millonarios que no había realizado. Su reclamo llegó a la justicia.
El Juzgado Civil de Villa Regina en Rio Negro hizo lugar a la medida cautelar presentada por la titular de la tarjeta de crédito.
El fallo ordenó al banco BBVA Francés y a Mastercard que se abstuvieran de debitar las cuotas de las compras desconocidas por la usuaria. También resolvió que dichas entidades no ingresaran los datos a la base de morosos del Banco Central.
Gastos en booking y pasajes
La mujer se sorprendió al encontrar consumos por 407 dólares provenientes de la plataforma de reservas de alojamiento booking, gastos por 320 mil pesos de pasajes Unibus y 130 mil pesos en concepto de impuestos por consumos en dólares.
Inmediatamente realizó los reclamos correspondientes en la página web del banco. La entidad dio de baja las tarjetas y envió nuevas a su domicilio. La mujer recibió un correo electrónico confirmando su reclamo, pero, de todas formas, se le debitaron los gastos desconocidos.
Días después, la situación se agravó. Ingresó al homebanking y advirtió 28 consumos totalmente desconocidos de las tarjetas ya denunciadas y dadas de baja.
Los consumos superaban los 18 millones de pesos.
Se dirigió directamente a la sucursal del banco y los desconoció. En respuesta, comenzó a recibir correos con resoluciones desfavorables y rechazos a los reclamos realizados.
Principio protectorio
El fallo entendió que, “en una relación de consumo, prima el principio protectorio”, en este caso a favor de la clienta del banco, quien desconoció las compras efectuadas en Buenos Aires, cuando ya no se encontraba en esa ciudad.
Respecto de la medida cautelar, quedó acreditada la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora, que podría ocasionarle un perjuicio al tener que afrontar los pagos.