Un fallo condenó a una empresa de internet a indemnizar a un hombre que en plena pandemia por el Covid-19 contrató un servicio de wi-fi, que nunca pudo instalar porque la señal no llegaba al domicilio.
Según consignó la resolución, para el hombre la conectividad era indispensable para realizar sus tareas digitales cotidianas.
Contrató el servicio y pagó por la instalación
Una semana después, recibió al personal técnico en su casa. Sin advertencia previa, le informaron que su domicilio no era apto para la instalación de los equipos.
Presentaba un impedimento técnico para la conectividad de las frecuencias. El servicio nunca se instaló y el dinero tampoco fue devuelto.
Un fallo del Juzgado Civil de Roca, en Rio Negro, hizo lugar a la demanda iniciada y condenó a la empresa Net Patagonia S.A.S. a indemnizar al hombre por daño moral y patrimonial.
Relación de consumo
El juez consideró que, en una relación de consumo, solo se exime al proveedor por caso fortuito o fuerza mayor.
En el caso, la imposibilidad técnica no reunía esas características. Además, la empresa no acompañó un informe técnico ni una pericia que así lo determinara.
La proveedora de wifi aseguró que el inconveniente fue ajeno a su responsabilidad. Argumentó que el contrato se extinguió automáticamente por una cláusula prevista para esos casos.
El juzgado consideró que la empresa está en mejores condiciones de evaluar la disponibilidad técnica, ya sea por razones geográficas o de alcance de señal.
Por lo tanto, no resulta válido sostener que al momento de la instalación el contrato no se pudiera cumplir, consignó la resolución.
El fallo explicó que “una cláusula dispuesta unilateralmente, mediante la cual la empresa se libera de responsabilidad, debe considerarse como no escrita”.
El deber de información
Pesa sobre el proveedor el deber de información, con carácter de obligación de resultado.
La empresa no brindó información adecuada al momento de la contratación. “No se acreditó que se hiciera saber al actor que el servicio podría no prestarse por dificultades técnicas, dando la opción de contratar o no hacerlo”, explicó el juez.