Un juez condenó a una empresa de servicio de alarmas a indemnizar a un hombre que se hartó de reclamar para que la firma dejara de cobrarle esa prestación que había dado de baja. Además exigía la devolución de los montos debitados.
Dar de baja un servicio muchas veces se convierte en una pesadilla para el consumidor, y peor aún si hay que realizar reclamos por la devolución de montos debitados de una tarjeta o cuenta.
El caso
Un hombre de la ciudad de Viedma en la provincia de Río Negro contrató un servicio de alarmas para su domicilio, que incluía vigilancia y cuyo pago se debitaba mensualmente de su tarjeta de crédito.
Solicitó la baja del servicio vía telefónica, pero los débitos de su tarjeta continuaron.
El consumidor se comunicó con la empresa a través del número 0810 y la baja fue recepcionada correctamente.
El reclamo se convirtió en un calvario
Al mes siguiente advirtió que habían debitado el equivalente a dos cuotas de abono. En los dos meses posteriores, volvieron a descontarle dos abonos más.
Tanto él como su esposa realizaron varios llamados para reclamar el cese de los cobros y exigieron explicaciones sobre la continuidad de los débitos, además de solicitar la devolución del dinero ya descontado.
Finalmente, después de tanto reclamar, logró que cesaran los débitos automáticos, pero no recibió la devolución del importe extraído.
Envió una carta documento solicitando la devolución de los importes debitados sin su consentimiento, pero fue devuelta al remitente porque el domicilio no existía.
Demanda civil
Ante esta situación, decidió iniciar la demanda civil. Reclamó no solo la devolución, sino daño moral y multa o daño punitivo
Tras analizar las pruebas documentales, el juez civil de Viedma condenó a ADT Security Services S.A. al pago de 751.500 pesos en concepto de daño moral y 1.500.000 pesos por daño punitivo, más intereses.
El magistrado le dio la razón al consumidor que se vio afectado no solo económicamente. También sufrió un desgaste por los continuos reclamos no atendidos.