La Corte Suprema de Justicia de la Nación intervino en una demanda iniciada por un consumidor que compró un auto nuevo y demandó a la empresa fabricante, Ford Argentina SCA y a la concesionaria oficial por los serios desperfectos que argumenta tenía el vehículo.

El comprador explicó que adquirió un Ford Fiesta 1.6 L SE en febrero de 2018, pero tuvo que llevarlo a reparar en reiteradas ocasiones a los talleres oficiales de la vendedora, sin los resultados esperados.

Finalmente demandó a la empresa fabricante y la concesionaria oficial para que le cambien el auto y lo indemnicen por daños y perjuicios.

Un largo camino judicial

En primera instancia, se condenó en forma solidaria a las empresas a entregar un vehículo nuevo, cero kilómetro, de iguales características al que había comprado. También se ordenó el pago de una indemnización por daños y perjuicios. El fallo fue apelado.

El Tribunal de Apelaciones modificó la condena. Dejó sin efecto la entrega de un nuevo vehículo y en su lugar fijó una suma para cubrir la depreciación del rodado y además redujo el monto indemnizable por daño psíquico y gastos para tratamiento psicológico.

Además revocó el monto por privación de uso y confirmó los otros aspectos de la sentencia. En ese marco, se omitió dar intervención previa a la fiscalía.

Hasta la Corte

El caso escaló así hasta el máximo tribunal del país apelado por el consumidor y la fiscalía ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, debido a que en esa instancia de revisión de la sentencia no se le dio intervención a la fiscal del caso, Gabriela Boquín.

La fiscal se vio impedida de opinar sobre si existió o no daño punitivo que se reclamaba y los alcances de las reparaciones fallidas al vehículo eje de la controversia.

La Corte les dio la razón, dejó sin efecto la sentencia y ordenó que se dicte una nueva luego de pedir opinión a la fiscal porque se la privó de “su cometido constitucional de intervenir en defensa de la legalidad y de los intereses generales de la sociedad”.

“Converge en esta causa un interés institucional de orden superior que radica en la necesidad de procurar una recta administración de justicia”

Para ello “es indispensable preservar el ejercicio pleno de las funciones del Ministerio Público, a fin de custodiar el orden público y la defensa del orden jurídico en su integridad”, coincidieron los jueces del máximo tribunal del país Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Tanto en la Ley de Defensa del Consumidor como en la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal está revisto que la fiscalía opine cuando se encuentran afectados derechos del consumidor para “garantizar que se asegure la realización del valor  justicia en una relación jurídica asimétrica, caracterizada por la desigualdad entre sus partes”, se afirmó en la sentencia.

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