En una resolución inédita por su dimensión económica, un gerente de la empresa de medicina prepaga Bramed en Córdoba, pagará 43.285.714,32 pesos como reparación a una paciente oncológica que quedó sin cobertura a raíz de una maniobra fraudulenta.
Lo logró al ordenar a una empleada modificar de manera irregular los datos de afiliación en el sistema oficial.
La medida fue adoptada por el juez Julián Falcucci del Tribunal Oral Federal 1 de esa provincia, en el marco de la suspensión del juicio a prueba propuesta por la defensa del empresario y aceptada tanto por la víctima como por su esposo, quienes manifestaron su voluntad de llegar a esta salida alternativa.
Gerente a las aulas: perspectiva de género
Además del pago millonario, el magistrado hizo lugar a un planteo del Ministerio Público Fiscal, representado por el fiscal general Carlos Gonella, que exigió que el directivo —por su capacidad económica y la gravedad del hecho— deba programar y asistir a un curso de capacitación en perspectiva de género destinado a todo el personal de la empresa, en reemplazo de tareas comunitarias.
La probation también fue otorgada a la empleada administrativa que intervino en la maniobra ilícita que consistió en acceder de manera fraudulenta a la clave fiscal de la paciente para cambiarle la obra social
Cómo se concretó la maniobra
El caso se remonta a diciembre de 2020. Ese mes, una mujer afiliada a la Obra Social de los Capataces y Estibadores Portuarios —que recibía sus prestaciones a través de Bramed— fue diagnosticada con Linfoma de Hodgkin y quedó internada de urgencia. Estaba a punto de ser operada del corazón debido a complicaciones provocadas por el tumor.
Mientras atravesaba ese cuadro crítico, un empleado de la prepaga —a requerimiento del gerente— la llamó para solicitar la clave fiscal de su esposo, con el argumento de “rectificar datos” y acelerar la provisión de medicación. Como la paciente no podía hablar tras la intervención, aportó el número de contacto de su marido.
El esposo recibió un mensaje de WhatsApp y consultó por correo a Bramed si esa línea pertenecía a la empresa. La empleada luego imputada confirmó la veracidad del número, lo que llevó al hombre a entregar su clave fiscal el 4 de enero de 2021.
Con esa información, bajo instrucción del gerente, personal de Bramed ingresó al sistema de AFIP y concretó la migración del afiliado a la obra social de Ministros, Secretarios y Subsecretarios, una entidad con la que la empresa no tenía convenio.
El cambio se registró en la Superintendencia de Servicios de Salud sin consentimiento alguno. La maniobra fue rastreada: el acceso se hizo desde las oficinas de la prepaga en Córdoba.
Sin cobertura en plena quimioterapia
El impacto fue devastador. Cuando el afiliado llamó a la empresa en abril de 2021, le informaron que ya no contaba con la cobertura de Bramed. En las oficinas le aseguraron que él mismo había solicitado el traspaso de obra social mediante su clave fiscal.
Entre el cambio y su entrada en vigencia, la paciente había iniciado su tratamiento oncológico, pero sufrió reiteradas demoras en la entrega de medicación, falta de aprobación de prácticas y trabas administrativas, lo que ocasionó graves daños en su estado de salud. Según la acusación, las secuelas incluyeron intervenciones cardíacas de urgencia, una traqueotomía permanente y un período en coma, al borde de perder la vida.
En el requerimiento de elevación a juicio presentado en octubre de 2024, el fiscal federal Enrique Senestrari afirmó que la maniobra —ejecutada “a requerimiento” del socio gerente y “con la connivencia” de la empleada— colocó a la mujer “en una situación de desamparo, abandonándola a su suerte en un momento de suma gravedad”, con un daño físico y psíquico “irreversible”.
El juez Falcucci impuso al gerente y a la empleada una serie de reglas de conducta por un año: fijar domicilio, quedar a disposición de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal (DCAEP) y asistir al curso de perspectiva de género que además deberá implementarse dentro de Bramed, consigna el sitio fiscales.gob.ar de la Procuración General de la Nación
La suspensión del juicio a prueba se acordó con el consentimiento de la víctima y su esposo, que priorizaron una reparación inmediata tras cuatro años de litigio.
