La Cámara Comercial confirmó la responsabilidad de un banco por el vaciamiento de las cuentas de una clienta luego de que delincuentes le robaran el celular y realizaran transferencias no autorizadas.

El Banco Ciudad deberá reintegrar más de $315.000, u$s 3.200 y pagar una indemnización por daño moral, aunque se rechazó la aplicación de daño punitivo.

Robo de celular, cuentas vaciadas y nula respuesta del banco

El episodio ocurrió el 6 de julio de 2023, cuando M fue víctima del robo de su iPhone mientras viajaba en un colectivo de la línea 29.

Ese mismo día denunció el hecho ante la compañía telefónica y repuso su línea. Sin embargo, horas más tarde recibió un aviso del Banco Ciudad: su homebanking había sido bloqueado por “movimientos sospechosos”.

Cuando logró recuperar el acceso, descubrió que desconocidos habían realizado dos transferencias por $200.000 y $115.000 y habían vaciado su caja de ahorro en dólares, retirando u$s 3.200.

Pese a sus reclamos inmediatos y a la denuncia penal, la entidad rechazó la reversión de los movimientos.

Fallas en los protocolos de seguridad

La Cámara consideró que el banco “incumplió su deber de seguridad” como proveedor de servicios financieros en una relación de consumo.

Sostuvo que las transferencias fraudulentas fueron posibles por deficiencias en el sistema informático y la ausencia de medidas de prevención exigidas por el Banco Central, entre ellas: monitoreo del patrón transaccional del cliente, alertas previas y comunicación inmediata ante operaciones sospechosas y protocolos antifraude activos.

El tribunal remarcó que Banco Ciudad no aportó pruebas de que la clienta hubiera compartido claves ni de que la app tuviera medidas de seguridad suficientes para evitar el acceso de terceros.

“Varias de las circunstancias acaecidas sólo pudieron ser realizadas aprovechándose del riesgo propio de la operatoria electrónica remota”, señalaron las juezas Matilde Ballerini y Guadalupe Vásquez.

La Cámara confirmó que el banco debe devolver los montos sustraídos más intereses.

También ratificó que corresponde reconocer el daño moral, pero redujo la cifra fijada en primera instancia de $5.000.000 a $3.500.000.

Consideró acreditado el impacto emocional sufrido por la víctima, marcada por la incertidumbre y la falta de respuesta adecuada de la entidad.

Daño punitivo: el Tribunal dijo “no”

La mujer había solicitado una multa civil por considerar que el accionar del banco fue gravemente negligente. Sin embargo, la Cámara entendió que no se configuraron las condiciones excepcionales para aplicar daño punitivo, una figura reservada para conductas dolosas o de extrema indiferencia hacia los derechos del consumidor.

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