Una resolución judicial dispuso que la obra social de las Fuerzas Armadas (IOSFA) garantice de forma integral la residencia geriátrica, los pañales, la kinesiología y la medicación de una mujer con severa pérdida de autonomía.

La dignidad no admite demoras

El juez en lo Civil y Comercial Federal Marcelo Bruno Dos Santos advirtió que la falta de cobertura podría agravar su salud y “vulnerar su dignidad”

La medida fue dictada en el marco de un amparo presentado por la hija de la afiliada, quien denunció que la obra social sólo brindaba prestaciones parciales.

La mujer reside actualmente en una institución geriátrica, donde logró una adaptación positiva según los informes médicos.

Los profesionales advirtieron que un cambio de residencia tendría un efecto negativo en su cuadro clínico. Además, detallaron que necesita asistencia permanente, 180 pañales por mes, diez sesiones de kinesiología y medicación diaria.

IOSFA había reconocido parte de las prestaciones: un monto acotado por internación, 120 pañales y cobertura de medicamentos, pero se opuso a la cautelar.

Derecho a la cobertura más amplia

El juez Dos Santos evaluó las constancias médicas y recordó que el derecho a la salud y a la vida digna tiene jerarquía constitucional y debe garantizarse especialmente en personas mayores y con discapacidad.

“El deterioro severo y la pérdida de autonomía de la actora justifican brindar la cobertura más amplia”, sostuvo el magistrado al resolver que no existe perjuicio grave para la obra social, mientras que la negativa podría agravar la situación de la paciente.

Con este criterio, ordenó a IOSFA que en un plazo de dos días otorgue la cobertura total de la internación, los pañales requeridos, las sesiones de kinesiología y la continuidad del tratamiento médico, con límites previstos sólo cuando la afiliada elija prestadores externos al sistema.

También dispuso un plazo de 15 días para reintegros en caso de correspondencia.

El fallo remarcó la importancia de seguir las indicaciones del médico tratante y la necesidad de asegurar la estabilidad del entorno de la mujer, en línea con los estándares internacionales de protección de los derechos de las personas con discapacidad y de las personas mayores.

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