La Justicia civil habilitó la feria judicial de enero por un conflicto edilicio grave en un edificio del barrio porteño de Palermo, al considerar que la falta de agua y el riesgo de nuevas inundaciones afectan derechos esenciales de los vecinos y no admiten demoras.
La decisión fue tomada por la Sala de Turno 1 de la Cámara Nacional en lo Civil, que revocó una resolución de primera instancia dictada el 2 de enero pasado y ordenó continuar el trámite del expediente durante el receso judicial.
La situación en el edificio se da según la denuncia por un propietario que impediría el ingreso a su departamento para arreglar filtraciones y que al seguir usando el agua, provoca inundaciones en otras unidades.
El consorcio tuvo que ir a la Justicia y en la demanda advirtió la “situación crítica que atraviesa el edificio por la falta de suministro regular de agua, circunstancia que compromete gravemente la habitabilidad, salubridad y seguridad de las unidades funcionales y de sus ocupantes”.
Pidió medidas urgentes y que el caso siga durante el receso judicial de verano.
Pérdidas de agua sin reparar
El consorcio acusó al propietario de una de las unidades de impedir el acceso a su departamento para realizar reparaciones en las cañerías del baño y de provocar con la apertura de llaves de paso y canillas reiterados episodios de inundación que afectaron a distintos pisos del edificio y a un inmueble lindero.
La situación derivó en un deterioro progresivo de la infraestructura, con consecuencias directas sobre la habitabilidad, la salubridad y la seguridad de los ocupantes. Frente a la reiteración de los hechos y al riesgo inmediato de nuevos daños, la administración del consorcio resolvió cerrar las columnas de agua que abastecen baños y cocinas en un sector de la torre, habilitando el suministro solo en horarios acotados y de forma excepcional.
Daño irreparable
En primera instancia, el juez de turno había rechazado el pedido de habilitación de feria al entender que no se había urgencia. Sin embargo, la Cámara adoptó un criterio distinto. En su resolución, los jueces recordaron que la intervención judicial durante el receso es excepcional, pero procede cuando existe un “riesgo serio e inminente de ver alterados los derechos de los litigantes” y la posibilidad de que la demora genere un daño irreparable.
El tribunal subrayó que la finalidad de la habilitación de feria es garantizar la tutela judicial efectiva, en línea con las garantías constitucionales y convencionales del debido proceso, y concluyó que, en este caso, la falta de suministro regular de agua constituye una afectación grave que no admite dilaciones .
Con esos fundamentos, la Cámara resolvió admitir el planteo del consorcio, revocar la decisión apelada y habilitar la feria judicial para que se adopten las medidas urgentes solicitadas, como enviar un perito para que ingrese al departamento en conflicto.
