La Corte Suprema de Justicia de la Nación aprobó un “Proyecto de Reglamento de Concursos para la Selección de Magistrados”.

A través de una acordada firmada por los ministros Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, el máximo tribunal aprobó un proyecto de reglamento que propone profundas modificaciones al sistema actual.

El mismo propone una reorganización del proceso de selección de Magistrados, cuyo resultado final es la terna de candidatos que se envía al Poder Ejecutivo.

Mediante el mencionado reglamento, el máximo tribunal propone una serie de modificaciones para que sean consideradas por el Consejo de la Magistratura, organismo encargado de llevar a cabo los concursos.

En la Acordada que aprobó el proyecto, se destaca que la Corte es la “cabeza de este poder del Estado y órgano supremo de la organización judicial argentina”.

Sin perjuicio de las indudables potestades específicas atribuidas al Consejo de la Magistratura, la Corte, remarcó que, “en su carácter de órgano supremo de la organización judicial argentina, tiene la facultad de proponer e impulsar reformas reglamentarias necesarias para corregir déficits estructurales con el objetivo de mejorar la eficacia, transparencia y agilidad administración de justicia en todo el país”

Concursos anticipados

Se establecen concursos anticipados, que son la regla general, y concursos especiales para vacantes específicas. Los anticipados permiten planificar y garantizar participación amplia.

Doble instancia de examen con anonimato absoluto

En materia de evaluación técnica, el Proyecto instaura una doble instancia que garantiza el anonimato absoluto: una Etapa General automatizada mediante un banco público de preguntas con corrección informática y una Etapa Especial de resolución de casos hipotéticos y redacción de sentencias a partir de casos prácticos sorteados el mismo día del examen.

Calificación de antecedentes estrictamente tabulada

Un sistema de calificación rigurosamente tabulado sobre un máximo de 100 puntos. Estos se distribuirán objetivamente en tres grandes rubros: hasta 30 puntos por formación académica (grado y posgrado), hasta 50 puntos por antecedentes profesionales (antigüedad, jerarquía y especialidad) y hasta 20 puntos por antecedentes académicos (publicaciones y docencia)

Medidas de acción positiva

Se establecen reglas para reconocer situaciones de desventaja estructural, sin afectar la idoneidad.Se otorgan puntos adicionales por interrupciones justificadas, discapacidad y cuidado de personas dependientes. La acumulación de estos puntos no supera los 15 puntos en total y se asignan de oficio.

Acordada 4/2026

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