Una mujer disfrutaba un café en la mesa de un bar sobre la vereda cuando fue golpeada por una sombrilla del comercio que se voló por una ráfaga de viento. Sufrió distintas heridas y demandó a los dueños del lugar, ubicado en el barrio porteño de Belgrano.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad del bar por las lesiones, ratificó la condena, aunque redujo algunos montos, y mantuvo una indemnización millonaria a favor de la víctima.

Los jueces destacaron como elemento de prueba que en la página web de Google Maps se puede ver la existencia de mesas y sombrillas en el local gastronómico en fechas muy diversas, que van desde el mes de junio de 2021 hasta octubre de 2025.

El bar colocó sombrillas en la acera explotada por el local comercial y una de ellas golpeó a la
clienta “por no estar correctamente sujeta”, se dio por probado en el Tribunal de Apelaciones.

Los propietarios negaron ser los dueños de la sombrilla voladora, pero no presentaron pruebas al respecto y se comprobó que el elemento estaba en el local “a disposición de los consumidores”.

Sombrilla voladora

El hecho ocurrió el 14 de diciembre de 2021, cuando la mujer se encontraba en una mesa ubicada sobre la vereda de un café en la avenida Juramento al 1900. Según quedó acreditado en la causa, una ráfaga de viento hizo volar una de las sombrillas del local, que la impactó y le provocó diversas lesiones.

Para los jueces, el accidente se produjo por una falla en la sujeción del elemento, lo que configuró un “comportamiento anormal de la cosa inerte”. En ese sentido, remarcaron que el comercio debía garantizar condiciones de seguridad adecuadas para sus clientes.

La defensa del bar intentó desligarse al sostener que no estaba probado el hecho o que la sombrilla no le pertenecía. Sin embargo, la Cámara descartó esos argumentos y valoró especialmente el testimonio de una inspectora policial que intervino tras el episodio, quien confirmó que el propio gerente del local reconoció lo sucedido.

Además, se tuvo en cuenta la historia clínica de la víctima, que registró un traumatismo encéfalo craneano sin pérdida de conocimiento, golpes en la espalda y múltiples hematomas. También se acreditó que debió recibir atención médica y realizar estudios posteriores.

Si bien los peritajes determinaron que la mujer presentaba un cuadro de salud previo complejo, los jueces consideraron que el accidente agravó su situación y le generó secuelas físicas y psicológicas. No obstante, por ese mismo motivo, decidieron reducir algunas indemnizaciones fijadas en primera instancia.

Deber de seguridad si usan la calle

En concreto, la Cámara fijó en $4 millones la indemnización por incapacidad sobreviniente y en $500 mil el tratamiento psicológico futuro, mientras que confirmó otros rubros como el daño moral, que se mantuvo en $6 millones.

El fallo también ratificó la responsabilidad del bar y de su aseguradora, al considerar que el establecimiento actuó como guardián de la cosa que causó el daño. En ese marco, destacó que quienes explotan locales gastronómicos en la vía pública deben extremar las medidas de seguridad, especialmente frente a factores previsibles como las condiciones climáticas.

La sentencia fue firmada por los camaristas Liliana Abreut de Begher, José Fajre y Claudio Kiper.

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