Un hombre que tenía 17 perros en un criadero ilegal dentro de un departamento en la ciudad de Buenos Aires fue absuelto en un juicio pero esa decisión quedó revocada y ahora otro Tribunal tendrá que volver a evaluar el caso y decidir una posible condena.
En mayo de 2022 se detectó en un edificio un criadero de perros de raza “agua español” en condiciones higiénicas y sanitarias deficientes. En total, diecisiete animales estaban alojados en habitaciones estrechas, sin ventilación ni luz natural, sin acceso suficiente a alimentos ni agua, sin posibilidad de salir al exterior y en espacios con acumulaciones de excremento y orina.
Según la investigación, varias mascotas presentaban bajo peso, lesiones, dermatitis, pelaje apelmazado, otitis, quemaduras en las patas, callos y signos compatibles con alergias y falta de cuidados básicos.
El derrotero judicial
La sentencia de primera instancia había condenado al acusado por el artículo 3 inciso 7 de la Ley 14.346, que reprime a quien “cause torturas o sufrimientos innecesarios” a un animal.
Pero un Tribunal de Apelaciones revocó esa decisión y sostuvo que la figura penal requería una “intencionalidad de causar sufrimiento de modo excesivo, perverso, sangriento o violento”. Con esa interpretación, concluyó que los hechos no encuadraban en el delito y subsumió la conducta en una contravención que consideró prescripta y dictó la absolución.
Ahora el Tribunal Superior de Justicia de la ciudad de Buenos Aires revocó esa decisión y ordenó que otros jueces vuelvan a resolver.
En el fallo firmado por los jueces Luis Francisco Lozano, Santiago Otamendi, Alicia Ruiz, Inés Weinberg y Marcela De Langhe se recordó que “los animales son objeto de protección frente a la crueldad, y esa protección se extiende a los actos de maltrato, tortura y sufrimientos innecesarios con prescindencia del ánimo, finalidad o propósito de quien los lleve a cabo”,
El Tribunal también analizó la prueba: las condiciones en las que vivían los perros, los olores penetrantes a materia fecal y orina que provocaron malestar físico a quienes participaron del procedimiento; la presencia de grandes cantidades de excremento —algunos secos y adheridos al piso—; la falta de ventilación y luz natural; el confinamiento en espacios reducidos; la ausencia de salidas al exterior; la falta de acceso suficiente a agua y alimento; y las lesiones observadas en varios animales.
El Tribunal sostuvo que el imputado era consciente de que los animales estaban en cautiverio —en un criadero ilegal— y en condiciones deficientes.
