Un juez ordenó que un niño sea inscripto solo con el apellido materno y dispuso que el nuevo documento de identidad no contenga datos del padre biológico.

El fallo, que además le quitó al padre la responsabilidad parental, fue dictado en el marco de una causa que tramita en Cipoletti, Río Negro, en la que fue clave el testimonio del niño.

Un padre ausente

Según el expediente, el padre no estuvo durante el embarazo de la madre del niño, tampoco en el parto, ni en los primeros pasos, ni en los cumpleaños.

Aportó dinero por un corto tiempo, pero luego la madre fue quien se hizo cargo sola del menor trabajando todo el día.

Cuando comenzó la escuela, el niño empezó a notar diferencias. Algunos compañeros hablaban de sus padres, otros esperaban que los pasaran a buscar. Él volvía con preguntas que su madre respondía con paciencia y honestidad. Pero la inquietud creció.

A los ocho años, dijo por primera vez lo que sentía: “Quería dejar de llevar el apellido paterno. No le pertenecía”

En cambio, pidió que lo llamaran por el apellido de su madre. Así lo usó en la escuela, con sus amigos, en los grupos deportivos. Y cuando llegó el momento de terminar la primaria, hizo un nuevo pedido: que su certificado lleve el apellido que representa su historia.

Su madre presentó una demanda haciendo foco en la ausencia del padre, “la falta de ayuda económica y emocional, el esfuerzo de criar sola”.

Explicó cómo su hijo construyó su identidad, lejos del padre. El progenitor fue notificado, pero “no se presentó ante el Poder Judicial ni respondió el reclamo”.

Escuchar al menor

El fuero de Familia de Cipolletti no solo revisó los documentos. También escuchó al niño, en una audiencia junto a la Defensora de Menores.

El relato del niño fue claro y directo. Dijo que no se identificaba con el apellido del padre, que nunca se sintió parte de ese vínculo. Pidió, con convicción, que lo dejaran usar el nombre que realmente sentía como suyo.

El equipo técnico que intervino confirmó esa percepción. Destacó la claridad del niño al expresarse y señaló que “modificar el apellido sería, para él, una forma simbólica de cerrar un ciclo”.

También consideró que el niño comprendía plenamente el alcance de lo que solicitaba.

Con todos estos elementos, el juez dictó sentencia.

Determinó que existió abandono por parte del progenitor y, en consecuencia, lo privó de la responsabilidad parental. Además, ordenó que el niño sea inscripto solo con el apellido materno y dispuso que su nuevo documento de identidad no contenga datos del padre biológico.

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