Una mujer que fue golpeada durante una discusión familiar en la ciudad de Buenos Aires recibirá una millonaria indemnización luego de que la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la condena contra sus propios parientes por los daños sufridos durante el episodio, ocurrido en 2014.
La víctima denunció que mantuvo una discusión con su hermano y una prima en el exterior del local de su padre. Según quedó acreditado en el expediente, en medio del conflicto comenzaron a golpearla y, al intentar refugiarse dentro del comercio, la empujaron contra una vidriera que se rompió y le provocó cortes y lesiones en distintas partes del cuerpo.
En la demanda aseguró que “sorpresiva e injustificadamente, resultó golpeada” y que cuando intentó refugiarse la empujaron contra el vidrio que estalló en pedazos. Los golpes y amenazas cesaron cuando llegó al lugar personal de una fuerza de seguridad que detuvo a los agresores. Ambos resultaron condenados en sede penal por “lesiones graves”.
Diez años de discusión judicial
En primera instancia, la Justicia había ordenado a los demandados pagar una indemnización de 9.080.000 millones de pesos más intereses, al considerar probado que la mujer sufrió lesiones físicas y secuelas permanentes como consecuencia de la agresión. La sentencia fue apelada por una de las condenadas, que cuestionó el monto fijado por incapacidad sobreviniente y daño moral.
Sin embargo, la Sala F de la Cámara Civil rechazó los planteos y confirmó la indemnización. En su voto, el juez Roberto Parrilli sostuvo que los argumentos de la apelación “no pasan de ser un intento para reducir la partida”, ya que no se explicaron razones concretas que justificaran una disminución del resarcimiento, que fue considerado razonable en función de las lesiones acreditadas y las circunstancias personales de la víctima.
Los camaristas señalaron que las pericias médicas determinaron una incapacidad parcial y permanente del 10%, producto de politraumatismos y una lesión en el tendón de Aquiles que requirió tratamiento quirúrgico, lo que impactó en la vida cotidiana y laboral de la demandante.
El tribunal sí modificó el criterio de cálculo de los intereses, al disponer que desde el hecho hasta la sentencia de primera instancia se aplique una tasa del 8% anual y, desde entonces hasta el pago efectivo, la tasa activa del Banco Nación.
De esta manera, quedó firme la condena civil contra los familiares, en un proceso que se extendió por más de diez años desde la pelea que derivó en la demanda por daños y perjuicios.
