Un Juzgado Civil condenó al Hospital Italiano y a un médico por las consecuencias de una cirugía robótica que terminó con una grave complicación para una paciente de 83 años.
El juez Pablo Torterolo consideró acreditado que durante la intervención se produjo una lesión en el intestino que no fue advertida por el cirujano. Además, advirtió que existió una demora en detectar el cuadro durante el posoperatorio.
El caso se remonta a marzo de 2018, cuando la mujer fue operada por un diagnóstico de adenocarcinoma de endometrio. El médico le propuso realizar una anexohisterectomía total mediante el sistema robótico Da Vinci. Se trata de una técnica que, según le explicaron, ofrecía ventajas como menos dolor y una recuperación más rápida.
Sin embargo, el posoperatorio no evolucionó como estaba previsto. La paciente comenzó a presentar fuertes dolores y dificultades para ingerir alimentos y líquidos. Dos días después de la operación, ante el agravamiento de su estado, fue llevada nuevamente a quirófano.
Allí se constató una lesión en el intestino que había provocado una infección abdominal. Fue necesario reparar la lesión y retirar un segmento intestinal. Posteriormente, la mujer permaneció en terapia intensiva y atravesó un prolongado proceso de recuperación. Recién recibió el alta médica el 17 de junio de 2018.
La lesión no fue advertida durante la operación
Uno de los puntos centrales del fallo fue la evaluación de las pericias médicas.
Según el especialista, la lesión intestinal era una complicación posible de este tipo de procedimientos, pero debía ser identificada durante la intervención para poder repararla en ese momento.
En ese sentido, el magistrado fue contundente: “no se trató de una complicación indetectable sino que la misma no fue advertida por el cirujano durante la anexohisterectomía con asistencia robótica”.
Además, las pericias coincidieron en que la complicación tampoco fue detectada con la rapidez necesaria durante el posoperatorio. La paciente había presentado señales de alarma, entre ellas disminución de la cantidad de orina, distensión abdominal, taquicardia y taquipnea.
Para los especialistas, esos indicadores justificaban nuevos estudios y una reintervención quirúrgica.
A partir de esas conclusiones, el juez sostuvo que hubo una “defectuosa ejecución de la práctica” y que el procedimiento no se ajustó a las reglas de la ciencia médica.
Una condena de más de $30 millones
La sentencia también tuvo en cuenta las secuelas que atravesó la mujer después de la intervención, entre ellas las dificultades para recuperar su movilidad y autonomía, además de las consecuencias psicológicas del episodio.
Su hijo, que también había iniciado la demanda, debió interrumpir durante casi tres meses su actividad laboral para acompañarla y ocuparse de sus cuidados.
Finalmente, el juez hizo lugar a la demanda y condenó a la Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires (Hospital Italiano) y al médico cirujano a pagar, dentro de los diez días, $24.730.000 a la paciente y $5.940.000 a su hijo, más los intereses correspondientes.
Las costas del juicio también quedaron a cargo de los demandados.
