La Justicia revocó un fallo que condenó a un consorcio y al Gobierno de la ciudad de Buenos Aires a indemnizar a una mujer que cayó en una vereda.
En diciembre de 2021 ganó la demanda en primera instancia contra los copropietarios del edificio del barrio de Belgrano frente al cual cayó, el gobierno local y una aseguradora.
Pero ahora, la sala J de la Cámara Nacional en lo Civil en un fallo unánime revocó esa sentencia que disponía pagarle más de un millón de pesos.
El Tribunal rechazó la demanda y ordenó que la mujer afronte todos los gastos del juicio.
Versiones
Los jueces Maximiliano Cala, Gabriela Scolarici y Beatriz Verón dieron por probado que la señora tropezó y cayó en la calle, poco antes de la medianoche, un día de septiembre de 2015.
Caminaba por la vereda y según sostuvo en la demanda “repentinamente y sin entender nada, se vio tirada en el piso con un dolor impresionante”
Por la caída se fracturó el brazo izquierdo.
“La vereda estaba muy rota”, consignó y aportó una foto del lugar.
La respuesta. El consorcio remarcó que el sereno del edificio vio a la señora mayor caminar por la vereda y aportó un detalle: La mujer, según esta versión, llevaba a su perro con la correa.
En determinado momento el perrito hizo un movimiento brusco, cruzó la correa y la señora se enredó y cayó.
“La vereda no está rota ni lo estaba al momento del accidente”, argumentaron los copropietarios del edificio. Además, negaron que la foto del lugar aportada por la mujer “pertenezca o haya pertenecido a la vereda” en cuestión.
Los jueces
La Cámara comenzó con una advertencia: “Resulta sumamente llamativo” que en la demanda la señora no mencionara que caminaba con otra persona y su perro.
“Resulta llamativo, porque el testimonio de ésta ha sido clave para decidir la contienda, pese a que la accionante en ningún momento hizo referencia a su presencia, cuando no era una extraña, sino por el contrario persona de su confianza, quien al decir de la testigo había trabajado para ella en relación de dependencia y aún cuando ya no lo hacía estaban en contacto”
Esa mujer no mencionada en la denuncia inicial, declaró como testigo cuatro años más tarde y dijo que acompañaba a la mujer hacia la casa de su hija. Explicó que caminaba junto a la perra y que la demandante iba adelante cuando tropezó porque “había piso levantado”.
Además describió con exactitud cómo era el edificio. También detalló por qué a su juicio el sereno del lugar no pudo haber visto la caída. Por último, remarcó que el perro paseaba sin cadena.
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El sereno del edificio, empleado del consorcio, dijo todo lo contrario. Que vio la caída y que la mujer se enredó “con la correa de su perro”
Contó que incluso le llevó una almohada y una frazada porque hacía frío, mientras esperaban la ambulancia.
El Tribunal de Apelaciones descartó el testimonio de la mujer que acompañaba a la accidentada. Además sostuvo que no se probó la autenticidad de la foto de la vereda.
” Tampoco puede establecerse la fecha en que se retrató y menos aún que la vereda se corresponda con el frente del edificio del consorcio de copropietarios demandado y que en ese sector hubiese ocurrido la caída producto de su deficiente estado”, sostuvo el fallo.
“Nada indica -ni la demandante misma lo dice, sino que lo insinúa a partir de “que la vereda del edificio está muy rota”- que la caída se debió al deterioro de la acera de modo tal que en ese momento provocara el tropezón”.
En la sentencia se advirtió que ” no puede tenerse por acreditada la caída por el mero estado de deterioro de la vereda, ni se ha logrado probar el riesgo o vicio de la cosa”.
“Por lo tanto, aún en el mejor supuesto para la actora, es decir, acreditado que ella se cayó en el lugar y a la hora señaladas, lo cierto es que ello no sería suficiente a los fines pretendidos ya que las pruebas producidas resultan inidóneas para demostrar el funcionamiento anormal de la cosa”, concluyó la sentencia.
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