El Reglameno  de Administración “es el cuerpo normativo que regula directamente las relaciones entre los copropietarios del edificio sometido al régimen de propiedad horizontal, y constituye una verdadera ley para aquéllos a la cual deben sujetar sus derechos y sus obligaciones”.
La advertencia partió de la Cámara Civil, que rechazó la demanda de una vecina contra otra por construcciones en su unidad, porque -advirtió- en ese edificio y durante años, todos hicieron lo que les pareció y nadie cumplió con el Reglamento.
Se trata de una de las tantas peleas entre copropietarios no resueltas en mediaciones y que llegan a la Justicia. A veces, para tener un final inesperado, como en este caso. La disputa judicial duró una década.

En la sentencia se aludió “un abuso de derecho” de la propietaria demandante porque “pretende hacer cumplir un Reglamento que ella no cumple”, resolvieron los jueces del Tribunal de Apelaciones José Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio Kiper.

“Considerando el estado del edificio, la existencia de únicamente tres unidades funcionales y que todas ellas se “permitieron” realizar reformas, resolver lo contrario implicaría destruir medio edificio, con las posibles consecuencias nefastas que provocaría en este caso volver las cosas al estado original”.

“El Reglamento de Copropiedad conjuntamente con la escritura traslativa de dominio componen un título complejo, que delinean el contorno y contenido del derecho real de propiedad horizontal, y no contienen sencillamente obligaciones”

Una pericia demostró “graves desarreglos realizados por los propietarios de las tres unidades funcionales que componen este pequeño consorcio. Nadie respetó nada; o sea, cada uno de los consorcistas, construyeron, modificaron y transformaron partes descubiertas en cubiertas, con verdadera incidencia en porcentuales de titularidad de cada uno de los copropietarios, además de avanzar sobre el espacio aéreo común –vgr. techado parcial en dos partes de un pasillo común y construcciones en azotea”

La propietaria que demandó también cometió “flagrantes violaciones del Reglamento”: se construyó un quincho en la azotea y un salón SUM,”más el cierre del espacio aéreo correspondiente al aire y luz del edificio (techado de un pasillo común), quedando incorporado al departamento”

“Pareciera que todos los propietarios tenían un “bill de indemnidad”, por el que podían modificar y ampliar sus departamentos, y tomar partes comunes, invadiendo inclusive el espacio aéreo de pasillos comunes y azoteas, sin necesidad de tener la autorización consorcial.
De este modo caótico se desenvolvieron los tres consorcistas sobre un edificio antiguo de 75 años”, advirtieron los jueces.
Por ello rechazaron la demanda, evaluaron inviable volver todo al estado original  y sugirieron redactar un nuevo Reglamento que contemple todos los cambios hechos.

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