El Jockey Club de San Isidro fue condenado a indemnizar a un “caddie” por despido indirecto en un fallo donde se advirtió que el ayudante de los jugadores de golf es un empleado en relación de dependencia porque sin él y otros que hacen un trabajo similar, la entidad no podría cumplir su objetivo central vinculado a la práctica de ese deporte.

El caddie trabajó del 4 de abril de 1995 al 15 de julio de 2013 en dos canchas de golf sobre avenida Márquez 504 en San Isidro: allí cumplía jornadas impuestas por el Jockey Club, dejaba su ingreso registrado en seguridad y el “master caddie” le asignaba tareas y salidas a la cancha.

“Si no cumplía con el horario era sancionado con la no asignación de tareas de salir a la cancha y hasta que se le indicaran las salidas debía arreglar y limpiar las canchas de golf”, coincidieron los testigos.

La Cámara Nacional del Trabajo advirtió que no basta con el pago individual que cada socio hace al club cuando recurre a un “caddie” y que es entregado al ayudante.

“La relación que unió al Jockey Club A.C debe ser encuadrada como relación de trabajo en los términos de los artículos 22 y 23 de la Ley de Contrato de Trabajo”

Los caddies acompañan a cada jugador y le llevan los palos de golf

Según la denuncia el “master caddie” (quien podría graficarse como el superior de los caddies y dependiente de la demandada) le imponía arreglar los pozos en las canchas –especialmente en los
greens- y limpiar cualquier suciedad que hayan podido dejar los jugadores del turno
anterior”

Los camaristas Carlos Pose y Gabriela Vázquez ratificaron un fallo de primera instancia y condenaron al Jockey Club.

“No se me oculta que estamos ante situaciones marginales y que, en un mercado laboral como el argentino, muchas personas pueden considerar conveniente decantar su fuerza de trabajo en el seno de entidades deportivas como la demandada que agrupa a personas interesadas en practicar “golf” y que necesitan
valerse de un asistente para transportar su bagaje”, analizó el camarista Pose.

Y “en esta hipótesis puede aceptarse que un ”caddie” se integre en una organización ajena como colaborador permanente o, en su caso, sea un auxiliar eventual cuyo rédito económico esté determinado por la
decisión de un tercero: el jugador beneficiado por sus servicios y que lo compensa
pecuniariamente”.

“En el caso existe relación de trabajo porque el actor se integró como colaborador permanente de una entidad que requiere y necesita sus servicios para cumplir con su fin institucional y que le da la oportunidad de obtener un rédito económico cierto que es solventado por sus socios que precisamente, al abonar su cuota social, retribuyen las prestaciones del club y el derecho a usufructuó de las canchas de golf instaladas para cumplir un fin lúdico”.

 

 

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