T G vive en Santo Tomé, provincia de Santa Fe, cuidaba niños, limpiaba casas, tenía una economía pobre. Padece HIV, problemas de corazón, EPOC Enfisema pulmonar, problemas de tiroides, una falla renal, y le realizarán una fístula para empezar diálisis. Con prisión domiciliaria hasta ahora, vive con su hija y su nieto.
El hecho por el que fue enjuiciada ocurrió hace años cuando un desconocido la abordó en la vía pública. Iba a trabajar como personal doméstico y en el trayecto, el hombre le pidió que enviara una encomienda pues, según su relato, “estaba trasladando urgente a la esposa a una clínica cercana para dar a luz”. La persuadió y ella creyó que el paquete contenía alimentos para un hermano en el sur. También le entregó el dinero para el envío, por lo que no desconfió.
La encomienda en cuestión resultó tener cocaína y marihuana y fue descubierta en “un control de sacas”, una inspección rutinaria en la sucursal del Correo Argentino de la ciudad de Comodoro Rivadavia, de esas que se realizan para evitar que ingresen a la zona protegida mercaderías prohibidas, como carne con hueso, frutas y verduras y drogas.
La fiscalía consideró acreditado el transporte de la encomienda desde Santa Fe con destino final a un hombre que vive en Río Gallegos, “con 6261,89 gramos de Cannabis Sativa y 99,98 gramos de cocaína, a través del Correo Argentino, hecho descubierto el día 2 de mayo del año 2011”.
T G fue acusada de ser coautora penalmente responsable de transporte de estupefacientes y el fiscal solicitó una pena de cuatro años y tres meses de prisión.
La audiencia del juicio se realizó por el sistema de videoconferencia ya que la acusada vive en Santa Fe con serios problemas de salud.
El Tribunal Oral de Comodoro Rivadavia tomó como ciertos varios indicios que lo llevaron a dictar la absolución de la mujer, y a disponer el cese de todas las restricciones personales y patrimoniales que pesaban sobre ella, en especial, la prisión domiciliaria.
“El sentido común indica que resulta una actitud osada brindar los datos personales reales y verdaderos para enviar una encomienda siendo sabedor que la misma contiene estupefacientes”, dice uno de los párrafos del fallo.
Se comprobó por ejemplo que la sucursal del Correo Argentino en Santa Tomé quedaba en el trayecto que recorría la acusada desde su domicilio hasta la vivienda de su empleador.
En su voto, el juez Mario Reynaldi sostuvo que “deviene imprescindible que el sujeto activo tenga el conocimiento sobre el objeto transportado, que la encomienda enviada contiene estupefacientes”.
“La acusación no probó que la mujer tuviera conocimiento actual o actualizable que en el paquete se estaban enviando estupefacientes”, resume el fallo firmado por los jueces Mario Reynaldi, a cuyos fundamentos adhirieron sus colegas Ana María D´Alessio y Alejandro Ruggero.