Lo que debía ser una semana de ensueño en la caribeña isla de San Andrés, Colombia, se convirtió en una tortuosa experiencia para un matrimonio y su hija.
Por cambios en su vuelo informados un día antes de la partida por la empresa Despegar.com perdieron un día de alojamiento y tuvieron que pagar otros dos de su bolsillo, previa mudanza a un hotel más barato.
Su caso llegó a la Justicia y obtuvo una decisión relevante: se negó a Despegar un planteo para aplicar el código aeronáutico y dejar fuera la ley de Defensa del Consumidor.
La Cámara Comercial resolvió que los inconvenientes con agencias de viajes están enmarcados en la Ley de Defensa del Consumidor y no pueden regirse por el derecho aeronáutico, aunque se hayan visto involucradas líneas aéreas.
La Justicia tardó dos años en resolver este conflicto de competencia que se presentó porque Despegar.com pidió extender la demanda de sus clientes a la aerolínea Avianca. Los inconvenientes con el paquete vendido comenzaron con una modificación del primer vuelo que debía tomar la pareja, un hecho que derivó en la pérdida del primer día de alojamiento y en la necesidad de quedarse otros dos días más por la postergación de la vuelta.
Tras lograr incluir a Avianca como demandada, Despegar pidió la incompetencia del fuero comercial y el pase al Civil y Comercial Federal  porque argumentó que debía aplicarse el código aeronáutico.
“El objeto de esta acción no versa sobre el cumplimiento de un contrato de transporte aéreo ni tampoco se reclama importe alguno vinculado al precio de los vuelos. En efecto, la parte actora imputa a “Despegar” una conducta negligente en la prestación del servicio turístico contratado con esa empresa, concretamente, no haber comunicado la cancelación con la antelación suficiente y haber ofrecido una propuesta de variación que no resultaba posible en cuanto a la estadía ya contratada con el hotel” concluyó la Cámara en lo Comercial al confirmar su competencia.
“El reclamo se entabló en ocasión de la actividad lucrativa de la demandada organizada en forma de empresa”.
Los hechos
Los camaristas María Elsa Uzal y Alfredo Kolliker Frers remarcaron que el principio de integralidad del derecho aeronáutico no puede ser extendido “punto de atribuir al fuero federal el conocimiento de causas que corresponden a otros, que están particularmente versados en la materia, sobre todo cuando, como ocurre en la especie, la resolución de la contienda no convoca, en principio, la aplicación de normas o principios de la navegación aérea”
Por ello se negaron al pase del caso al fuero Civil y Comercial Federal, en el cual no podría aplicarse la Ley de Defensa del Consumidor.
La demanda se presentó por nulidad de cláusulas por abusivas, restitución parcial de precio y daños y perjuicios contra Despegar.com.ar SA
La pareja tuvo que cambiar de hotel los últimos dos días, porque no se los reconocieron como parte del paquete pagado a Despegar y el costo era muy alto. Según la demanda, un día antes de partir y tras el envío del correo, intentaron devolver el paquete pero les advirtieron que se efectuaría un descuento y el reintegro tardaría más de un mes.
Luego, en otra comunicación se les dijo que el hotel reservado aceptaba el cambio de días y entonces resolvieron viajar. En una de las escalas del vuelo, según la denuncia, recibieron otra comunicación de Despegar donde se les advirtió que finalmente el hotel no admitía el cambio de la reserva.

Comments

  1. Hola las felicito por la iniciativa (supongo que es algo nuevo). Soy abogado y siempre es bueno tener otra fuente de información SERIA!! Gracias y suerte !!!

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