“En todos los ordenamientos jurídicos del mundo se marcan una serie de principios rectores que permiten ver los derechos, deberes y sanciones que ameritan las conductas que atenten contra ese libre desarrollo del menor y su derecho a convivir con su familia”.
Argumentos
Los chicos estaban ” sin vínculos con familia ampliada -salvo cuando concurrían a lo del padre-, quedando entrampados en un binomio hijos-mamá y que representa en el papá todo lo negativo y en donde todo lo relacionado al mismo está mal o es peligroso (indicadores estos de que los niños se encuentran atrapados en una disputa de lealtades, en las que sienten que deben elegir, aún sin que ello sea su verdadero deseo)”.
“Se demostró la alegría, normalidad, felicidad y cuidados, con puestas de límites razonables con los que se desarrollaban absolutamente todos los encuentros con el padre, acordes al rol parental que se debe ejercer”, concluyó sobre el demandado, patrocinado por el abogado Andrés Beccar Varela.
Alienación parental
“En del día de la fecha, existen, por un lado y al momento actual, razones suficientes para afirmar que los niños se encuentran padeciendo el síndrome de alienación parental por parte de su progenitora, que los coloca en un estado de riesgo en relación a su psiquis, lo que vulnera sus derechos más fundamentales a un desarrollo adecuado y sano, y por el otro se encuentra demostrada la inexistencia de indicadores de un riesgo cierto e inminente para que los pequeños queden a cargo del cuidado de su papá”
La jueza tomó como dato relevante que el primer semestre del año, durante la pandemia de coronavirus, los chicos estuvieron sólo con su madre en su casa dentro de un barrio privado y la escuela privada a la que asisten informó que “casi no se conectaron a las clases” virtuales