Eran las 8 del 22 de diciembre de 2018 en Puerto Madero. Un horario en el que “circulan peatones y vehículos, bicicletas, monopatines” por ese barrio de la ciudad de Buenos Aires.
Este fue uno de los aspectos evaluados por el Tribunal que condenó a 5 años de prisión a principios de agosto a Facundo Denegri por el accidente en el que murió el comerciante y vecino del lugar, Alberto Hamra.
Ese día, según se dio por probado en un juicio oral,  Denegri “conducía su automóvil ­Volkswagen Golf GTI transportando a cuatro jóvenes, bajo los efectos de marihuana, con un nivel de alcoholemia de al menos 1,42 gr/l y, como mínimo, a 115 km/h”
El joven “perdió el control de su coche en la curva, cruzando al carril contrario e impactando al automóvil Chevrolet Meriva, que circulaba a baja velocidad en sentido opuesto. Como consecuencia del violento impacto, falleció el conductor Alberto Hamra”.
El ahora condenado a cinco años de prisión volvía del Casino flotante de Puerto Madero, como fin de una noche intensa con salida al boliche y final de juego.
“El delito fue cometido de día y en una zona urbana”, advirtió el Tribunal Oral en lo Criminal 5 al término de un juicio oral a principios de agosto. Ahora, los jueces dieron a conocer las razones de su veredicto, a las que tuvo acceso justiciadeprimera.com
“Sólo por fortuna, semejante conducta ilegal no causa más daño”, sostuvieron y agregaron que el condenado “puso en serio riesgo la integridad física” de otras personas.
Por el momento y hasta que la pena quede firme en instancias de apelación, Denegri seguirá libre, pero le ordenaron entregar su pasaporte y comunicarse con el Tribunal una vez por mes.
Qué pasó
Esa mañana, “luego de varias horas de consumo de alcohol y de marihuana, el imputado cansado y con cuatro amigos que llevaba a sus casas, aumentó la velocidad de forma excesiva”.
 “No puede desatenderse que, aún cuando Denegri pudo representarse el resultado, confió en que no se produciría. Evidentemente su afán por avanzar rápidamente, en el  estado en el que se encontraba,  lo desenfocó de otros riesgos que ciertamente debió atender con prioridad”
El accionar fue “extremadamente imprudente e infringió el deber de cuidado”
La noche anterior, desde las 23.30 sus amigos se juntaron en una “previa”, tomaron alcohol y a  las 2.30 del 28 llegaron a un boliche donde se sumó Denegri. “Tenían dos mesas compradas, siguieron tomando…” declaró un testigo en el juicio.
Entre las 5.30 y 6 de la mañana se fueron al casino flotante de Puerto Madero. Cuando salieron, Denegri y sus amigos subieron a su auto.
Según las pericias, tenía “como mínimo 1,42 gr/l de alcohol en sangre” y estaba bajo los efectos de la marihuana.
Los jueces Adrián Perez Lance, Enrique Gamboa y la jueza Fátima Ruiz López consideraron que no  hubo dolo y recordaron que un testigo declaró que Denegri intentó frenar, “parándose” encima de los frenos.
“Tampoco puede soslayarse que en la historia clínica se consignó que, cuando ingresó al hospital, se encontraba en
“shock emocional  y crisis e   angustia” y que los testigos aseguraron que constantemente pedía perdón por lo sucedido”
“Perdón, es lo primero que quiere pedirle a la familia Hamra, a todos sus familiares y amigos…”, reiteró en el juicio.
Agravantes
Todo eso no alcanzó ante los agravantes que ponderaron los jueces:
La policía secuestró, del interior del automóvil de Dengri, varios envases de bebidas alcohólicas y
un envoltorio con 1,2 gr. de marihuana.
Peritos­ estimaron que la velocidad mínima probable de circulación del VW Golf GTI era de 115 km/h. La máxima permitida era de 60 por ser avenida.
Un vecino de Puerto Madero que paseaba al perro declaró en el juicio y  recordó el ruido “fuerte de un auto coleando o derrapando e inmediatamente una frenada violenta”
Dentro del auto “había gran cantidad  de botellas de alcohol, Smirnoff, vodka, lleno de botellas por la mitad, casi terminadas”, dijo.
Sobre los jóvenes que se bajaron, aseguró que “ninguno estaba bien, venían de una larga noche, se nota que venían muy alcoholizados… estaban en mal estado”
El consorcio de uno de los edificios de la zona, “Torre del Faro” aportó un video tomado por una cámara de seguridad que registró los hechos.
“Estos  chicos venían a una velocidad a la que no se podía circular en ningún lugar de Puerto Madero… venían a tres veces la velocidad permitida. Esto se ve en el impacto, la fracción de segundo”, sostuvo el testigo tras ver las imágenes.
También se tomó en cuenta que conducía bajo los efectos de la marihuana y que “tenía como mínimo, 1,42 gr/l de alcohol en sangre.
“Condujo en violación a las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular, ya que traspasó la doble línea amarilla divisoria e invadió el carril contrario en contramano”, advirtieron también los jueces en los fundamentos de su sentencia.

Comments

  1. Es Dolo Eventual y con esto existe un problema: no está tipificado en Código Penal y sólo la jurisprudencia y la doctrina avalan su aplicación. Debería estar, de alguna manera, tipificado. Además, 5 años, es muy poco; la justicia debería ser más severa en estos casos.

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