La Cámara Federal de Córdoba rechazó conceder una medida cautelar para suspender el pago del Aporte Solidario y Extraordinario para ayudar a morigerar los efectos de la pandemia.

“En lo que hace a la afectación del interés público, considero que dada la naturaleza de la medida cautelar solicitada, la misma conspira contra la recaudación de la renta pública, y que por tal motivo debe ser juzgada con estrictez”, argumentó la camarista Liliana Navarro, a cuyo voto adhirió su colega Abel Sánchez Torres.

El fallo remite a jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia que sostuvo que “el examen de este tipo de medidas cautelares, que impiden la percepción de las rentas públicas, debe ser realizado con criterio estricto, en tanto las mencionadas rentas resultan indispensables para el funcionamiento del Estado y el sostenimiento de los intereses de la comunidad (CSJN, Causa G.962.XLIII, “Giachino, Luís Alberto”, sentencia del 18/10/11, entre otros)”.

De esta manera, la Sala B de la Cámara confirmó la resolución dictada por el Juzgado Federal de Río Cuarto.

El caso

En abril pasado, M.C promovió acción declarativa de inconstitucionalidad en contra del Estado Nacional y la AFIP y requirió el dictado de una medida cautelar con el objeto de que, en resumidas cuentas, se suspenda la aplicación del mentado “aporte solidario y extraordinario” con respecto a su parte, hasta tanto se resuelva en definitiva la presente acción.

En mayo, el juez rechazó la medida cautelar.

La camarista  Navarro sostuvo que  “no ha sido acreditada la “verosimilitud del derecho” como requisito fundante de la pretensión cautelar peticionada por la parte actora dado a que no se vislumbra, en este estado larval del proceso, la arbitrariedad manifiesta que debe surgir de los preceptos cuestionados”.

“Resulta inviable lo sustentado por la parte actora atento que, de las pruebas aportadas, no surge la irreparabilidad del daño que causaría el pago del aporte cuestionado”, argumento la justicia al confirmar el rechazo de la cautelar.

Comments

  1. Buen fallo de Camaristas Federales de Cordoba, conciertes de la gravedad social que implica el reclamo de MC de la ciudad de Río Cuarto. Seguramente MC debe ser un cabeza de termo Stanley propietario de campos sojeros y lleno de departamentos comprados con El Oro tóxico sojero. Quien será MC???

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