Unas ocho personas habían sido beneficiadas con una falta de mérito en el marco de una denuncia por usurpación de un predio que pertenece al Mercado Central. El caso llegó a la Cámara Federal de San Martín por apelación de la fiscalía que se manifestó en desacuerdo con la resolución.

La causa se inició el 11 de septiembre de 2020, mediante la denuncia formulada por la apoderada de la Corporación del Mercado Central de Buenos Aires.

Según explicó, el 10 de septiembre de 2020, en plena pandemia, el Departamento de Asuntos legales de la institución que representa tomó conocimiento de que se habrían instalado en el predio (identificado como circunscripción VIII, sección rural, parcela 1236 C, polígonos I y II, denominación interna B3, Barrio José Hernández, localidad de Villa Celina, partido de La Matanza), nuevas casillas donde residirían distintas personas que habrían ocupado ilegítimamente el lugar.

Estas personas se encontrarían realizando tareas de preparación de suelo y descargando materiales de construcción.

Luego de diversas medidas de instrucción y agregadas las pruebas aportadas por la denunciante, se determinó que el terreno ocupado pertenecía a la Corporación Mercado Central de Buenos Aires, así como también la existencia de las casillas.

“Se constató, asimismo, la presencia de alambrados que delimitan los predios linderos, los cuales se encontraban rotos o deteriorados y que, si bien la zona no se encontraba cercada y nada impedía el acceso, poseía un cartel con la leyenda “propiedad del mercado central”, según surge de la causa.

Tras una serie de medidas, se logró identificar a ocho ocupantes quienes en la indagatoria reconocieron que la propiedad ocupada pertenecía al Mercado Central.

Los camaristas Marcelo Fernández y Marcos Morán rechazaron los argumentos esgrimidos por los ocupantes, en relación a que las autoridades de la institución habían autorizado su asentamiento en el lugar. “Se contraponen con lo actuado en el sumario, dado que fue el propio organismo quien realizó la denuncia que diera inicio a la presente”-

“Finalmente, no escapa a los suscriptos la presencia en el lugar de un cartel indicativo, como así tampoco el contexto en el cual se realizó el asentamiento –plena situación de pandemia mundial por Covid-19-, lo cual indefectiblemente implicó una merma en los controles por parte de la institución”, concluyeron los jueces.

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