Cuatro comerciantes enfrentan una causa penal en los tribunales federales de Retiro por vender ropa de marca de primera línea falsificada.
Todo se comercializaba en sus locales, dentro de una galería en la popular avenida Avellaneda, del barrio de Flores, en la ciudad de Buenos Aires.
En  este caso, los jueces ratificaron que hay delito porque esa situación puede llevar a confusión al consumidor.
En cambio, si la venta es callejera, tal vez puedan evitarse los problemas legales.
Avellaneda
Los cuatro acusados tienen la causa abierta desde el 13 de agosto de 2018.  Ese día la división Operaciones Especiales de la Policía de la Ciudad realizó un operativo por orden del Ministerio Público Fiscal.
Detectaron la posible venta de ropa en infracción a la ley de Marcas 22362 en distintos locales de la avenida Avellaneda.
 La falsificación de marcas es un delito federal y las causas de la ciudad de Buenos Aires siempre tramitan en Comodoro Py 2002.
Ahora la Cámara Federal confirmó procesamientos ordenados por el juez del caso, Ariel Lijo.
Los jueces del Tribunal de Apelaciones Leopoldo Bruglia, Mariano Llorens y Pablo Bertuzzi coincidieron con el magistrado del caso en que ” esos productos han conformado un cuadro que podría producir en los posibles compradores un engaño sobre su marca, teniendo en cuenta que las ventas eran realizadas en locales comerciales dentro de una galería y no en la vía pública”
También tuvieron en cuenta que lo ocurrido ” acarrearía además, un perjuicio sobre el titular de la marca
“Es del caso recordar que la Ley de Marcas 22362 protege las buenas prácticas comerciales y al público consumidor, concediéndole al titular de la marca registrada el derecho a usarla y a gozarla en forma exclusiva, mientras que al consumidor le sirve de garantía respecto del origen de los productos que recibe”
Defensa
Frente al planteo de la defensa vinculado a que la falsificación era tan burda que no configuró delito, los camaristas advirtieron que ante la “diversidad y considerable cantidad de los elementos secuestrados, como así también a las características de los locales en que eran ofrecidos, los que poseen cierta infraestructura y estabilidad, no puede apartarse por el momento la posibilidad de confusión del eventual adquirente”
El defensor oficial de los comerciantes argumentó que ellos compraron la mercadería en la feria “La Salada”, que “desconocían el carácter apócrifo” y que, además “no sabían que su venta estuviera prohibida”
“Quién se beneficia económicamente con la comercialización de productos, no puede esgrimir un desconocimiento de las normas”, retrucó la Cámara.

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