El 12 de octubre de 2016 B.A caminaba por la calle Laprida a metros de la diagonal Barrio Olimpo, en Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires. Un cable de alta tensión cayó sobre su cabeza y casi muere electrocutado.
Se salvó de milagro porque se aferró a un palo de madera que un vecino le arrojó para “despegarlo”.
Las pruebas reunidas en la demanda demostraron el deterioro de los cables de electricidad. El servicio en la zona era prestado por Edesur S.A.
“Los cables chispeaban”
Los vecinos habían realizado distintos reclamos sin éxito para alertar sobre el tendido eléctrico, “Los cables chispeaban”, declaró uno de ellos en la causa judicial.
En septiembre del año pasado, la justicia de primera instancia condenó a Edesur a pagar una indemnización por daño emergente; incapacidad sobreviniente y daño moral. El vecino accidentado apeló el monto fijado por 750 mil pesos
En contrapartida, la empresa distribuidora de energía se quejó por los “excesivos e injustificados” montos de condena establecidos por “incapacidad sobreviniente” y “daño moral”.
El caso llegó a la Cámara Civil y Comercial Federal.
Las pericias
El 12 de octubre de 2016, a las 5:50hs. el vecino caminaba por la calle Laprida hacia avenida Olimpo-, en el partido de Lomas de Zamora. Un cable del tendido eléctrico le cayó en la cabeza y lo electrocutó.
Frente a tal situación, la gente comenzó a gritar desesperada y a tirarle piedras para despegar el cable, sin éxito.
Un vecino buscó una madera en su casa y logró “despegarlo”, según surge de las declaraciones testimoniales del expediente.
La víctima “pasó a ser parte del circuito eléctrico al tomar contacto con el cable de alta tensión pasándole la corriente eléctrica por el cuerpo”.
El experto médico concluyó que presenta como secuelas del hecho “daño cerebral adquirido”, manifiesta dificultad para hablar y una cicatriz en el pulgar y hallux”.
El “DCA” (daño cerebral adquirido) es la afección de las estructuras encefálicas en personas que, habiendo nacido sin ningún tipo de daño cerebral, sufren en un momento posterior de su vida, lesiones cerebrales que llevan a una afectación del funcionamiento cognitivo, emocional, conductual y/o físico.
El perito experto en electricidad precisó que “para que el cable se desprenda de su posición física sin intervención del hombre es porque la instalación posee materiales de sujeción que se desajustaron o se debilitaron por algún motivo”.
Agregó que, “de la reglamentación del contrato de concesión de distribución del servicio eléctrico brindado por Edesur surge su obligación de velar para que no ocurran accidentes -como el de autos- al tener que mantener la instalación de su red en buenas condiciones de operación”.
Sentencia final
La Cámara ponderó la edad de la víctima, 26 años al momento del accidente, padre de cuatro hijos y operario de la construcción
También que es una persona humilde que vive con su pareja en la casa de sus padres, sin agua corriente ni gas natural y que debido al accidente no ha podido trabajar como antes.
“No dudo del temor fundado e inquietud espiritual que debe recaer en su persona al momento de tener que efectuar el depósito de confianza que todo ser humano ejecuta al salir a transitar de manera libre y sana las calles de su ciudad sin resultar ser brutalmente dañado en su integridad”, sostuvo el camarista Eduardo Gottardi.
El Tribunal de Apelaciones, con el voto de Gottardi, Florencia Nallar y Alfredo Gusmán, consideró que la situación “lo afectará de por vida” también en su estado “anímico” y por esa razón, elevó el monto por daño moral.