¿Tenían vidrio los capeletis?
Casi siete años de trámite judicial con abogados de un supermercado, una fábrica de pastas, una aseguradora y demandantes. Se sumaron Informes técnicos y pericias para llegar a una respuesta.
Un juzgado concluyó que no se pudo acreditar la existencia de vidrio molido dentro del envase de capeletis a los cuatro quesos que cenó una familia del partido de Vicente López, en 2014
Ahora, la Cámara Nacional en lo Civil acaba de confirmar esa sentencia: El consumidor perdió el juicio por “daños y perjuicios”. Además, tendrá que pagar todos los gastos.
La cena
Según la denuncia presentada en 2015, un matrimonio y sus hijos cenaron los capeletis que compraron en una sucursal de Carrefour, en esa zona del norte del conurbano bonaerense
De inmediato, notaron que habían masticado algo que parecía ser vidrio.
Asustados, se dirigieron a una clínica cercana. Los revisaron pero no encontraron nada fuera de lo normal en ese momento. Les prescribieron una dieta acorde al relato familiar; Haber consumido pastas con vidrio.
La investigación incluyó pericias a la fábrica elaboradora -contratada por Carrefour para proveer el producto-, informes de especialistas y otras medidas de prueba.
El juez de primera instancia “no encontró acreditado con un grado razonable de convicción la existencia de vidrio molido dentro del producto”. Rechazó la demanda.
El caso llegó a la Cámara Civil. El Tribunal de Apelaciones concluyó estar ante la “necesidad previa de conocer una cuestión de hecho que se enuncia con el interrogante: ¿Tenían vidrio los capeletis?”
Pruebas
El demandante ” debía probar que el producto fue adquirido en el supermercado demandado; que estaba contaminado con vidrio molido o esquirlas; y que, en ocasión de ingerirlo, se produjeron daños”.
La compra se dio por probada pese a que no se especificó día concreto, ni se presentó ticket alguno, aunque sí restos del envase en cuestión.
“La dificultad mayor se presenta con el segundo hecho: que los capeletis estaban contaminados con vidrio molido o esquirlas”, se explicó en el fallo de Cámara.
La prueba más importante para los jueces, era el análisis del producto consumido que permitiera comprobar que contenía vidrio; “pero este examen no se pidió ni se hizo, ni siquiera se ofreció cotejar otro producto del mismo lote”.
“Tampoco hay constancias ni del tiempo transcurrido ni, al menos, una mínima narración de las circunstancias sobre la compra de las pastas, el almacenamiento, la apertura, la manipulación, la cocción, etc., ni quién o quiénes participaron de estos pasos previos hasta su ingesta”, enumeró la sentencia.
En ese aspecto, “ni siquiera se intentó rebatir seriamente en los agravios la hipótesis expuesta por el juez anterior sobre la superficie de apoyo del alimento”.
El médico que atendió esa noche a la familia dejó asentado que no había síntomas ni lesiones.
“El diagnóstico se basó completamente en las propias declaraciones del consumidor sobre la historia de lo acontecido. No hay constancias médicas de atención posterior”.
También te puede interesar:
La conclusión
El Tribunal concluyó que hubo “escasos elementos”, “insuficientes”, para “alcanzar el estándar probatorio mínimo” que demostraría en qué condición estaban las pastas.
“Es decir, la contaminación del producto con un cuerpo extraño como es -nada menos- el vidrio molido”.
Por el contrario, ponderó el fallo, ” la demandada probó, que Villa D’Agri trabaja bajo la normativa del Código Alimentario Argentino (CAA); cuenta con un manual de buenas prácticas de manufactura y manual del sistema de gestión de la inocuidad”
“La verificación en la planta se realiza a través de controles de materias primas, packaging, controles de proceso, almacenamiento y despacho, además de capacitaciones al personal”.
Por otro lado, recibe “auditorías de calidad e inocuidad, programadas o sin aviso previo de todos los clientes, como Carrefour, WalMart, La Anónima, Dánica, Coto, La Salteña, contando con documentación que avala dichas auditorías”.
“Respecto del supermercado, tratándose en este caso de un envase sellado, tampoco cabe razonablemente presumir que la supuesta contaminación se produjo dentro de su ámbito”.
“En una cuestión donde no hay certezas, el grado de probabilidad de que las pastas no estuvieran contaminadas con vidrios o esquirlas por intervención de las demandadas es mayor que la hipótesis contraria“, concluyeron los camaristas Guillermo González Zurro, Caros Calvo Costa y María Benavente.