Una jueza de la Cámara Nacional en lo Criminal sostuvo que le llama “poderosamente la atención” que una persona vulnerable con numerosos expedientes en trámite en el fuero civil por restricción de la capacidad esté en la calle en un “punto crítico” y sin asistencia.
Lo hizo la magistrada Magdalena Laiño en un fallo en el que excarceló a una mujer con problemas de salud mental, ya declarada incapaz e inimputable, que en mayo último cometió una tentativa de robo a un comercio y pasó 28 días presa.
La mujer debía estar bajo tratamiento psiquiátrico en el hospital Moyano, pero no lo cumplía. Ahora quedará al cuidado de una hija.
Vulnerable y sola
“Llama poderosamente la atención que una persona vulnerable que registra numerosos expedientes en trámite en el fuero civil por restricción de capacidad producto de las sucesivas declaraciones de inimputabilidad dispuestas por la justicia nacional en lo criminal y correccional” (por lo menos en ocho causas distribuidas en dos juzgados civiles) , su supervisión, de a acuerdo a los parámetros establecidos por Ley Nacional de Salud Mental Ley 26.657 (Accedé a la norma) y la doctrina fijada por Corte Suprema de Justicia de la Nación, se encuentre en un punto crítico”, remarcó la camarista Laiño en su voto.
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Fuero civil. “No desconozco los problemas que pesan sobre el fuero civil de familia y los denodados esfuerzos que realizan todos sus integrantes para lograr cumplir con eficacia la supervisión de los numerosos expedientes que son derivados de este fuero nacional en lo criminal y correccional”, reconoció.
Pero, “esta realidad nos impone a todos los operadores judiciales -jueces y magistrados de los Ministerios Públicos-, redoblar nuestro esfuerzo a fin de repensar soluciones superadoras”.La magistrada advirtió que “en situaciones como la que aquí se analiza es en donde queda en evidencia la sensible y compleja labor que debemos cumplir cada día en la administración de justicia”.
Necesidad de apoyo
Los jueces revocaron un fallo de primera instancia que había negado la excarcelación. Como condiciones tendrá que reanudar su tratamiento psiquiátrico e informar del mismo cinco días después de quedar libre.
También se dispuso prohibición de acercamiento al comercio que intentó robar o a sus empleados
En un informe incorporado a la causa, el Cuerpo Médico Forense evaluó que la mujer estaba en condiciones de recuperar la libertad “con apoyo de agencias de seguridad social y el respaldo de la Justicia Civil que a partir de su intervención determine e implemente el sistema de apoyo que se considere necesario”.
.”No se encuentran reunidos los criterios de necesidad, proporcionalidad y razonabilidad para justificar la excepcionalidad del encarcelamiento preventivo al no corroborarse la existencia de riesgos procesales”, concluyeron los jueces Pablo Lucero y Laiño, de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional 1.