Según la causa judicial, montó una “mise en escéne”, apoyado con una cuenta en Instagram, para atraer clientes con promesas de un 30 por ciento de interés con inversiones en dólares.
Sumó mensajes de WhatsApp y la fachada de una oficina sobre la avenida Corrientes, en la ciudad de Buenos Aires.
Captó los dólares de ahorristas esperanzados.
El acusado “desplegó una “mise en scéne” al ofrecer un servicio financiero, a través de la empresa “…”, mediante el cual prometía importantes intereses mensuales, a sabiendas desde el inicio que no estaba en condiciones de afrontar ese compromiso, pues ninguna operación concreta realizaba con el dinero recibido que pudiera producir razonablemente ese nivel de ganancias”, concluyó la Cámara Nacional en lo Criminal al confirmar su procesamiento por tres supuestos casos de estafa.
Inversión de riesgo o engaño
En su defensa, dijo que “jamás tuvo intención ni realizó ninguna conducta para engañar a nadie” y que los denunciantes “. realizaron inversiones “de riesgo” y que cualquier perdida producto del “álea” negativo del mercado no implica que haya existido una conducta penalmente disvaliosa”
También argumentó que lo que ocurridó fue una “pérdida de capital” por “malas decisiones” de un empleado que contrató.
Pero los jueces descartaron el argumento del riesgo del inversor. En este caso no pudo demostrar dónde ni cómo manejó el dinero que le entregaron sus “clientes”
“No se presenta un caso que pueda ser valuado como una “inversión de riesgo” por parte de los damnificados como alega la defensa, pues precisamente el núcleo de la imputación -a partir de la prueba colectada- es que B, ardid mediante, logró los desprendimientos patrimoniales de los damnificados a sabiendas desde el inicio que no estaba en condiciones de afrontar el compromiso que asumió”, concluyó la Cámara Nacional en lo Criminal.
El acusado ” no aplicó el dinero recibido a inversiones que le permitieran obtener las ganancias que prometía, es decir, no existió inversión que -eventualmente- no hubiera tenido los resultados esperados”, analizaron los jueces Ricardo Matías Pinto y Hernán Martín López
” La explicación de que el respaldo de su empresa era que operaba en dólares y pagaba en pesos, resulta a todas luces insuficientes para demostrar que tenía solvencia financiera y que podía ser frente a las obligaciones asumidas”, se analizó en la resolución judicial.
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Modus operandi
Las transferencias se hacían a una cuenta de Bitcoin del acusado o a un fondo de inversión y los contactos se establecían a través de Instagram, desde donde se daba un número de la mensajería WhatsApp.
En la causa se aceptaron como prueba capturas de pantalla de la red social y el sistema de mensajería y audios que intercambiaba con sus clientes por estas vías
“Si bien en los primeros meses cumplió total o parcialmente sus obligaciones, al poco tiempo comenzó a alegar la imposibilidad de afrontar los intereses y la devolución del capital que habían invertido”, coincidieron en relatar los frustrados inversores.
Al ser indagado, dio “explicaciones genéricas” sobre ” la forma en que desarrolló el supuesto fondo de inversiones que creó, el personal que contrató y las dificultades que se le presentaron” sin aportar ” ninguna constancia ni explicación verosímil acerca de cuál fue el destino que le dio al dinero que recibió por parte de los damnificados”
” Es decir, cuáles fueron las concretas inversiones que realizó con el dinero que recibió de cada uno de ellos y mediante las cuales pretendía obtener una ganancia que permitiera entregarles un interés del treinta por ciento mensual a los potenciales clientes, tal como les hacía saber verbalmente o a través de la red Instagram”, remarcó el fallo.
Apariencias que engañan
Las pruebas “permiten sostener que desplegó una “mise en scéne” al ofrecer un servicio financiero, a través de la empresa “.”, mediante el cual “prometía importantes intereses mensuales, a sabiendas desde el inicio que no estaba en condiciones de afrontar ese compromiso, pues ninguna operación concreta realizaba con el dinero recibido que pudiera producir razonablemente ese nivel de ganancias”
Para el Tribunal de Apelaciones quedó probado que ” elaboró un usuario en Instagram “(…)” a través de la cual atraía clientes a su “fondo de inversión”, y de donde surgía un link que permitía a los interesados contactarse por WhatsApp a su abonado -(…)-.
Asimismo, alquiló oficinas en “W. W.” ubicadas en la Avenida Corrientes (…), C.A.B.A., donde se entrevistaba con los diferentes clientes y procuró darle mayor visibilidad y apariencia de solidez; lugar en el que según expuso debe dinero de los alquileres – seis mil dólares-
“Es posible advertir la puesta en escena orquestada por el nombrado, que de forma evidente indujo a los denunciantes a llevar a cabo disposiciones patrimoniales en moneda extranjera generando así altos perjuicios económicos”, evaluaron los jueces
Para el Tribunal de Apelaciones hubo ” evidente conocimiento de la insolvencia para afrontar las obligaciones por él contraídas”
” En este punto, cabe señalar que la “empresa” no se hallaba registrada en Argentina, y aquél no expedía comprobantes de las supuestas inversiones realizadas”, advirtió la sentencia.
Las declaraciones de los damnificados, las pruebas como conversaciones de WhatsApp donde ” le solicitan la devolución del dinero,capturas de la cuenta de Instagram donde aquél garantizaba una inversión
segura, grabaciones de voz del imputado que corroboran los testimonios de los denunciantes y comprobantes de las transferencias realizadas en pequeños montos a S. hasta el mes de agosto de 2021″, dan sustento a la acusación, según la Cámara.