La Cámara del Crimen procesó a un escribano y a una mujer acusados de presunto engaño a una anciana de 95 años sin hijos, quien firmó un poder de administración de bienes a favor de esta última, su cuidadora.
Lo hizo en su casa, en una cama ortopédica donde estaba postrada y por la noche.
Todo ocurrió dos días después de que un familiar de la anciana concurriera al domicilio para realizar una tasación con el fin de poner en venta la vivienda, porque según explicó cuando presentó la demanda, quería comprar una más pequeña y solventar con la diferencia los gastos de cuidado y atención de su parienta.
Según la acusación, la firmante no tenía al momento de suscribir el nuevo poder a favor de su cuidadora, la capacidad para resolver sobre sus actos.
En un mismo acto, revocó el que había extendido a su familiar años atrás y suscribió el nuevo.
Poco después, se cambió la cerradura del departamento en el que, según la causa judicial, durante la pandemia se instaló a vivir la cuidadora junto a la anciana.
Con posterioridad, comenzaron a residir en ese domicilio otros parientes de la empleada, según la denuncia
El Tribunal de Apelaciones revocó una falta de mérito resuelta por un juzgado de primera instancia y procesó a los dos imputados.
Escribanos
En relación al escribano,  lo consideró supuesto partícipe necesario de la maniobra.
El fallo enfatizó que concurrió de noche a la vivienda, vio a la anciana postrada en una cama ortopédica y debió advertir lo extraño de la situación.
La mujer no estaba en condiciones de resolver sobre sus actos, cuando firmó la revocación del poder de su sobrina y suscribió el nuevo para su cuidadora.
Además, sabía que no estaba ante sus familiares directos y pese a ello no se comunicó con ninguno de ellos antes de avalar el acto.
“Concurrió -llamativamente- en horas de la noche al domicilio”, advirtieron los jueces Juan Cicciaro y Rodolfo Pociello Argerich.
“Además de apreciar la licitud del acto, como función indelegable, el escribano se hallaba obligado a examinar la capacidad de obrar de las personas intervinientes” de modo que, en las particulares circunstancias del caso, “no puede alegarse un desconocimiento de la ostensible incapacidad psíquica” de la firmante “para comprender los alcances de sus actos, evaluaron los magistrados.
Los descargos en cuanto a que la mujer comprendía los alcances del acto “carecen de credibilidad, sana crítica mediante”
Todas las personas que la visitaron “poco tiempo antes y después de que ocurriera el hecho coincidieron, a excepción, claro está, de los imputados, en que la nombrada no se hallaba con conciencia de la situación ni comprendía las preguntas que se le formulaban”
Vulnerable y poco cuidada
Otro indicio de lo ocurrido fue, para los jueces, “el tenor de las conversaciones” por WhatsApp que mantuvieron los involucrados.
” El escribano va a ir a las nueve de la noche”

” Escucha que no se duerma la vieja, mantenela despierta”.

Frente al escribano, se firmó un poder para gestiones administrativas y locaciones y la cuidadora se constituyó en su nueva apoderada
 La familiar que hasta entonces fue apoderada recibió una carta documento donde se la notificó de la nueva situación
   En el caso intervino el  equipo interdisciplinario de profesionales del Centro de Orientación a las Víctimas de la Superintendencia de Violencia Familiar y de Género y de la División Medicina Legal de la Policía de la Ciudad, que evaluaron a la anciana durante un registro a la casa, ordenado por la Justicia.
Una médica clínica que la asistió a domicilio declaró que tenía una comprensión muy limitada, sólo podía seguir órdenes simples y a los pocos segundos se olvidaba debido a su cuadro clínico.
Era “ostensible el deterioro psíquico”, coincidieron todos los médicos que la examinaron
En la misma línea, se advirtió que lucía poco cuidada y estaba en una “situación de vulnerabilidad”
Los camaristas revocaron el fallo que había dictado falta de mérito, procesaron a ambos imputados y embargaron a cada uno por dos millones de pesos por el supuesto delito de “defraudación por circunvención de incapaz”

Comments

  1. Felicitaciones.}
    Me parece correcto lo que hicieron.
    Las personas mayores, y como en este caso, que tienes bienes y no tienen hijos, o familiares cercanos
    y no están en condiciones de atender la administración y control de sus bienes, pueden ser víctimas del abuso de terceros.
    Felicitaciones a la Dra. Petrillo por este grupo.

  2. Debe ser de los delitos más miserables que se pueden cometer, abusar así de una persona con problemas cognitivos y cerca del final. Ojalá los condenen.
    Me declaro adicta a Justicia de Primera y felicito a sus responsables.

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