La Justicia rechazó un acuerdo de conciliación ofrecido por un hombre procesado por manejar con una licencia de conducir falsa. 

Había ofertado pedir disculpas y donar dinero al hospital de pediatría Garrahan. En un principio hubo acuerdo entre la defensa y la fiscalía del caso, pero el juez de instrucción no lo homologó y el tema pasó a estudio de la Cámara en lo Criminal de la ciudad de Buenos Aires

Fe pública

Tanto la defensa como el fiscal apelaron.

Al llegar a la etapa de revisión el fiscal ante la Cámara no mantuvo la apelación de su colega y estuvo de acuerdo con el juzgado de instrucción

El uso e una licencia de conducir falsa  pone en juego el bien jurídico de la fe pública, un delito que no está entre los contemplados en posibles acuerdos reparatorios que dejen a salvo al acusado de una condena penal

 

El imputado está procesado como “partícipe necesario” de falsificación de documento público por haber exhibido una licencia de conducir a su nombre, supuestamente expedida por la Municipalidad de Avellaneda, que resultó ser apócrifa, según la causa judicial

El acuerdo conciliatorio no se admitió en el juzgado porque no se ajusta a las condiciones previstas para obtenerlo

Para la fiscalía ante la Cámara, en la etapa de revisión, el acuerdo no era procedente porque el hecho no reviste contenido patrimonial y en particular porque ” el bien jurídico protegido por la norma penal resulta ser la fe pública” en los casos de falsificación de documento público.

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