Una mujer que recibió por error una transferencia de dinero en su cuenta bancaria quedó procesada por “defraudación por apropiación de cosa perdida” y no logró cerrar la causa penal al ofrecer el pago de una multa
Es que devolvió el dinero un año más tarde, sin intereses, y cuando se vio acorralada por la causa judicial que avanzaba en su contra.
La defensa oficial pidió el cierre de la causa porque “si bien demoró en devolver el dinero depositado por error en su cuenta bancaria, lo reintegró en su totalidad, de modo que se encontraría cumplida la reparación del daño” .
Esto s exige en la normativa como uno de los aspectos -además del pago de una muta- para cerrar la causa penal por este delito
Inflación y demora
Pero la empresa que efectuó el pago a la cuenta equivocada no estuvo de acuerdo: el dinero se reintegró sin tener en cuenta la inflación de un año de demora y desactualizado, con lo cual no se reparó el daño causado.
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La Cámara Nacional en lo Criminal coincidió con este último planteo de la firma damnificada porque el reembolso resultó “insuficiente” un año más tarde, por el tiempo transcurrido.
“En ese sentido, y en línea con el criterio adoptado por el magistrado de la anterior instancia, cabe señalar que la indemnización por daño material “debe corresponder a una reparación plena, teniendo en cuenta las desvalorizaciones del signo monetario”, expresó el Tribunal de Apelaciones de la ciudad de Buenos Aires.
Es que la reparación comprende no sólo el perjuicio sufrido en el patrimonio sino también “las ganancias de que fue privado” el que se quedo sin ese dinero que le correspondía, es decir, “las pérdidas e intereses”
La mujer que recibió el dinero por error en su cuenta quedó procesada como supuesta autora de “defraudación por apropiación de cosa perdida”
El procesamiento quedó confirmado como así también el rechazo a aceptar la propuesta para cerrar el caso penal por decisión de los jueces de la Cámara Nacional en lo Criminal Ignacio Rodríguez Varela y Hernán López