La Cámara Federal porteña revocó el archivo de una causa en la que fueron secuestrados productos falsificados de reconocidas marcas, entre ellos termos Stanley, y artículos de Apple, y The North Face.

Advirtió que todavía faltaban medidas de prueba y ordenó que intervenga la ANMAT para determinar si los artículos podían representar un riesgo sanitario.

La decisión fue adoptada por la Sala II de la Cámara Federal porteña. El fallo revocó el archivo dispuesto en primera instancia y ordenó avanzar con nuevas medidas de prueba. 

El expediente se inició a partir de un procedimiento realizado en un local de CABA dedicado a la reparación de celulares y venta de accesorios. Allí fueron encontrados productos que aparentaban infringir la ley de marcas.

Durante el operativo se secuestraron elementos atribuidos a Apple, The North Face y Stanley. El peritaje realizado sobre esos productos fue categórico: “LOS ELEMENTOS ATRIBUIDOS A LAS MARCAS ‘APPLE’, ‘THE NORTH FACE’ Y ‘STANLEY’, RESULTAN SER FALSOS”.

Sin embargo, en primera instancia se había dispuesto el archivo de la causa porque se consideró que la baja calidad de los productos era evidente y que, por esa razón, no tenían entidad suficiente como para engañar o confundir a los consumidores.

La fiscalía apeló esa decisión y sostuvo que el archivo había sido prematuro porque todavía quedaban medidas de prueba por realizar. La Cámara Federal coincidió con ese planteo y consideró que la investigación debía continuar.

¿Riesgo sanitario?

Uno de los aspectos centrales de la resolución está relacionado con los productos falsificados que tienen contacto directo con el cuerpo o que son utilizados para conservar alimentos y bebidas.

Los jueces Eduardo Farah y Roberto Boico consideraron especialmente relevante que intervenga la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) para determinar si esos productos podían representar algún riesgo sanitario.

En ese sentido, el fallo señala que, “al tratarse de productos destinados al contacto directo con la piel o a la conservación de sustancias alimenticias”, resulta necesario que intervenga el organismo sanitario.

El objetivo será “verificar la posible afectación a la salud”, una cuestión que no había sido despejada antes de disponer el archivo.

Así, la discusión dejó de estar limitada a si los productos falsificados podían engañar al consumidor respecto de la marca. La Cámara entendió que también era necesario determinar qué materiales y características tenían los artículos secuestrados y si su utilización podía generar algún riesgo.

También deberán intervenir las marcas

La Cámara ordenó además convocar a los representantes legales de las marcas involucradas para que colaboren con la identificación de los productos.

Los representantes deberán informar, entre otras cuestiones, si la comercialización de esos artículos afecta la imagen de las marcas y si les genera un perjuicio comercial concreto.

Para los camaristas, esas diligencias resultan razonables para avanzar con la investigación y determinar el alcance de la maniobra.

La resolución remarcó que todavía existían “medidas conducentes con el avance de la pesquisa”, por lo que consideró prematuro cerrar el expediente. Con esta decisión, la Cámara revocó el archivo y ordenó que se continúe con la investigación.

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