La Cámara Civil revocó un fallo de primera instancia y ordenó que una mujer y su hija —cuñada y sobrina de la denunciada— paguen todos los gastos del juicio que iniciaron para declarar incapaz a su familiar y que terminó siendo rechazado.
Los jueces Guillermo González Zurro y Carlos Carranza Casares concluyeron que las familiares de la mujer promovieron un proceso de determinación de la capacidad pero no lograron acreditar que necesitara un sistema de apoyos o salvaguardas: todas las pericias concluyeron que vive con autonomía, puede valerse por sí misma y resolver sobre sus bienes.
Amenaza de geriátrico
La mujer denunciada sostuvo desde el inicio era una represalia por una denuncia previa de violencia familiar que había presentado contra su cuñada y su sobrina por “malos tratos psicológicos” y amenazas de internarla en un geriátrico. También advirtió por una “asimetría de poder”.
En primera instancia, el juzgado rechazó la pretensión de incapacidad, pero distribuyó los gastos “por su orden”, es decir, cada una debía afrontar sus propios gastos. La mujer apeló y pidió que las denunciantes fueran condenadas a pagar la totalidad de los costos del proceso.
La Cámara le dio la razón. Los jueces recordaron que, en este tipo de procesos, las costas suelen afrontarse con el patrimonio de la persona involucrada, salvo que quien promovió la denuncia haya actuado con un error inexcusable o de manera maliciosa.
Accionar injustificado
Para el tribunal, eso fue lo que ocurrió en este caso. La sentencia destacó tres elementos: la existencia de una denuncia previa por violencia familiar considerada de “alto riesgo” por la Oficina de Violencia Doméstica, la evaluación neurocognitiva incorporada al expediente y la ausencia de certificados médicos o informes interdisciplinarios que respaldaran el pedido de incapacidad.
“Su accionar ha resultado injustificado”, concluyeron los camaristas al analizar la conducta de las denunciantes.
Lo resolvieron en base al informe de “alto riesgo” hecho por la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema cuando la mujer denunció a sus parientes, sobre las cuales se dispuso una restricción de acercamiento, una evaluación neurocognitiva de la denunciada y “ausencia de certificados médicos o interdisciplinarios que avalen la pretensión de las denunciantes”.
Como la denuncia fue desestimada y esa decisión quedó firme, la Cámara modificó el fallo y dispuso que la cuñada y la sobrina paguen las costas de ambas instancias del juicio, es decir, todos los gastos y honorarios derivados del proceso.
