La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil elevó la indemnización que deberá recibir un hombre que fue atropellado por un colectivo de la Línea 216 mientras circulaba en bicicleta por el partido bonaerense de Morón.

El accidente ocurrió el 21 de octubre de 2015, cuando M. circulaba en bicicleta por la avenida Eva Perón. En un cruce fue embestido por un colectivo de la Línea 216 que circulaba en la misma dirección.

Según surge del expediente, el impacto provocó que cayera al asfalto y debiera ser trasladado primero al Hospital de Morón.

En primera instancia, la Justicia había condenado a empresa Línea Doscientos Dieciséis SAT, al chofer y a la aseguradora. Se fijó una indemnización de $16.700.000 más intereses y costas.

Tanto el damnificado como la empresa apelaron distintos aspectos de esa decisión.

Una incapacidad del 35,2%

Uno de los puntos principales del fallo fue la valoración de las secuelas que dejó el accidente.

La pericia médica determinó que M. tenía una incapacidad física parcial y permanente del 25%, vinculada a una lesión en la columna cervical, espondilolistesis y lumbociatalgia.

A eso se sumó un trastorno de estrés postraumático, al que la especialista atribuyó una incapacidad psicológica del 15%.

Al combinar ambos porcentajes mediante el método de capacidad restante, la incapacidad psicofísica total quedó establecida en 35,2%.

La empresa había cuestionado que existiera relación causal entre las lesiones cervicales y lumbares y el accidente. Sin embargo, la perito consideró esa relación “verosímil”, teniendo en cuenta el mecanismo del accidente, la zona afectada y la cronología de los hechos.

La Cámara respaldó las conclusiones de la experta. Destacó que su informe estaba sustentado en razones objetivas y principios científicos que no habían sido refutados.

Tuvo en cuenta que la víctima tenía 50 años al momento del accidente, era chofer, estaba casado y tenía hijos, y elevó la indemnización por incapacidad de $10 millones a $15 millones.

“Toda persona tiene derecho a una reparación integral”

La jueza Beatriz Verón sostuvo:

“Toda persona tiene derecho a una reparación integral de los daños sufridos, principio basal del sistema de reparación civil”.

La magistrada remarcó que para calcular una indemnización no alcanza con una mirada abstracta sobre el porcentaje de incapacidad, sino que deben contemplarse las consecuencias concretas que el daño tiene sobre la vida y las actividades de la víctima.

También aumentaron el daño moral y los tratamientos

La Cámara también consideró insuficiente la suma fijada en primera instancia por las consecuencias no patrimoniales.

El monto por daño moral pasó de $5 millones a $7,5 millones.

Al justificar esa decisión, el tribunal recordó que este tipo de perjuicio comprende la afectación de los sentimientos, la tranquilidad y el ritmo normal de vida de una persona.

“El dolor humano es apreciable y la tarea del juez es realizar la justicia humana”

Los jueces también elevaron el dinero destinado a los tratamientos futuros. El tratamiento psicológico pasó de $1.300.000 a $1.560.000, mientras que el tratamiento kinesiológico aumentó de $300.000 a $350.000.

Otro de los rubros que fue incrementado fue el correspondiente a farmacia, asistencia médica y movilidad.

La Cámara llevó esa indemnización de $100.000 a $135.000.

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