Una mujer de 82 años, con una enfermedad cardíaca severa y siete internaciones en apenas nueve meses, debió recurrir a la Justicia para acceder a una intervención que sus médicos consideran necesaria.

OSDE rechazó cubrir el procedimiento. Ahora el Juzgado Civil y Comercial Federal N.º 2 ordenó a la empresa de medicina prepaga garantizar el 100% del costo de la cirugía.

La resolución fue firmada por el juez Marcelo Bruno Dos Santos, quien hizo lugar a la medida cautelar solicitada por la paciente y dispuso la cobertura de manera inmediata.

La intervención indicada consiste en la reparación de la válvula mitral mediante la colocación de un dispositivo conocido como MitraClip. La técnica permite tratar determinadas afecciones cardíacas sin recurrir a una cirugía convencional a corazón abierto.

El magistrado consideró especialmente la gravedad de los antecedentes médicos, la reiteración de las internaciones y la evolución de la enfermedad, que pasó de presentar una insuficiencia mitral moderada a una insuficiencia severa.

En ese contexto, advirtió que la demora podía provocar un daño difícil de reparar. Recordó que el derecho a la salud está directamente vinculado con la dignidad humana.

Siete internaciones y una enfermedad que fue empeorando

La historia clínica de la paciente, identificada en el expediente como M.S.R., da cuenta de un deterioro progresivo de su estado de salud.

Entre octubre de 2025 y junio de 2026 atravesó siete internaciones, seis de ellas por episodios de insuficiencia cardíaca descompensada.

Dos de esos ingresos requirieron atención en una unidad coronaria.

Uno de los episodios más significativos ocurrió en enero de 2026: la mujer volvió a ingresar a una clínica apenas siete días después de haber recibido el alta.

En aquella oportunidad, los propios profesionales que la atendieron dejaron asentado que se trataba de una “paciente con múltiples internaciones en los últimos meses”.

A ese historial se suman una miocardiopatía, arritmia y enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC).

Su cuadro cardíaco fue agravándose con el paso del tiempo.

La paciente, además, recibe un tratamiento farmacológico diario que incluye medicamentos para controlar la función cardíaca, los niveles de colesterol, la presión y otras patologías.

Sin embargo, pese al tratamiento, continuó sufriendo episodios que requirieron nuevas internaciones.

Por qué los médicos indicaron el MitraClip

Frente a esa evolución, el cardiólogo tratante, indicó el procedimiento mediante un dispositivo MitraClip. La recomendación quedó formalizada el 16 de septiembre de 2026.

Otro de los elementos considerados fue el estudio realizado el 29 de mayo de 2026, que describió características anatómicas favorables para efectuar la reparación de la válvula.

La intervención había sido prevista inicialmente para el 7 de septiembre, pero no pudo concretarse por la negativa de OSDE a brindar la cobertura solicitada.

Ante esa situación, la paciente y otra mujer que intervino en su representación promovieron el amparo de salud.

La explicación de OSDE para rechazar la cobertura

Al contestar el reclamo judicial, OSDE pidió que se rechazara la medida cautelar.

La empresa argumentó que la paciente presentaba una respuesta clínica favorable al tratamiento farmacológico y que, a su criterio, no se había demostrado la imposibilidad de continuar con esa estrategia.

OSDE agregó que su obligación de cobertura debía analizarse de acuerdo con las prestaciones previstas en el Programa Médico Obligatorio (PMO). Así solicitó que el expediente fuera remitido al Cuerpo Médico Forense para que evaluara la indicación médica y la evidencia científica disponible.

Sin embargo, el juez consideró que, para resolver la cautelar, resultaban determinantes los antecedentes concretos de la paciente, la evolución de su enfermedad y la indicación del profesional que la atendía.

El derecho a la salud no puede esperar

Al fundamentar su decisión, el juez Dos Santos recordó que el derecho a la salud está estrechamente ligado con la vida y la dignidad de las personas.

En ese sentido, citó la doctrina de la Corte Suprema sobre la importancia de garantizar la atención médica y evitar que la enfermedad impida el ejercicio de la autonomía personal.

El fallo también puso el foco en el alcance del Programa Médico Obligatorio y descartó que deba interpretarse como un límite absoluto para brindar prestaciones necesarias.

También recordó que los agentes del seguro de salud están facultados para ampliar las prestaciones según las necesidades individuales de sus beneficiarios.

El juez destacó, además, que la intervención había sido indicada por el médico tratante a raíz de un cambio sustancial en el cuadro clínico, con internaciones reiteradas pese al tratamiento disponible.

Una orden inmediata y con posibles sanciones

Con esos argumentos, el titular del Juzgado concluyó que estaban reunidos los requisitos para dictar la medida cautelar: la verosimilitud del derecho invocado y el peligro en la demora.

La resolución ordenó a OSDE brindar “de manera inmediata” la cobertura integral (100%) del costo de la cirugía de cierre con MitraClip, junto con todos los insumos médicos necesarios para realizarla, conforme a la prescripción del cardiólogo tratante.

El magistrado también estableció que, ante un eventual incumplimiento, podrán aplicarse astreintes, es decir, sanciones económicas destinadas a presionar para que la orden judicial sea obedecida.

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