Una paciente de la Colonia Nacional Montes de Oca con retraso mental moderado, sordomuda e internada por orden judicial fue abusada por un empleado de limpieza de una empresa tercerizada en las afueras de un pabellón.
El hecho ocurrió el año pasado pero recién ahora se resolvió un conflicto de compentencia entre la Justicia local y la federal de Mercedes para comenzar a investigar lo ocurrido.
El abuso ocurrió en un pabellón de la Colonia Montes de Oca, cuando un empleado de una empresa tercerizada para la limpieza del lugar fue soprendido abusando sexualmente de la paciente, internada allí desde el 2015 por orden del Juzgado Civil y Comercial 1 de Mercedes.
Otro paciente vio lo que ocurría y advirtió a una operadora del Pabellón 4 que el empleado había “agarrado” a la víctima y la tenía en el piso, en la parte exterior del lugar.
“Frente a ello, empleadas de la institución se acercaron” . Cuando el empleado advirtió su presencia, “eyaculó sobre el suelo”, según la denuncia.
“Debe destacarse que, en el marco de la causa de mención, el 19 de marzo de 2015, el magistrado provincial resolvió declarar insana a M P, requiriendo supervisión para toda actividad de la vida que la involucre y, por ende, no estando capacitada para dirigir su persona y administrar sus bienes; oportunidad que le asignaron un curador”.Desde que ocurrió el hecho, se mantuvo un conflicto de competencia porque la Colonia depende del Estado Nacional y por ello la Justicia local quiso derivar el tema al fuero federal.La Cámara Federal de San Martín confirmó que el caso debe quedar a cargo del Juzgado de Garantías de turno del Departamento Judicial de Mercedes, de acuerdo a una decisión del camarista Marcos Morán, pese a que la Colonia depende del Estado Nacional.“Puesto a resolver sobre lo que ha sido motivo de agravio, se advierte que M P se encontraba internada en un establecimiento nacional, pero por orden de la justicia local y que el presunto autor del delito era empleado de la empresa tercerizada de limpieza que proveía el servicio en el nosocomio”, resumió Morán
En función de ello, el Máximo Tribunal tiene dicho que “no basta con la sola circunstancia de que un hecho se produzca dentro de los perímetros reservados exclusivamente al Estado Nacional para reputarlo sujeto a la competencia federal, ya que para ello ocurra es preciso que se hayan afectado intereses federales o la prestación del servicio del establecimiento nacional, como así también que el carácter excepcional y estricto de ese fuero exige para su procedencia que el funcionario, autor o víctima del delito se encuentre cumpliendo funciones específicas federales”, remarcó el camarista.