La Cámara Civil rechazó habilitar la feria extraordinaria dispuesta por el coronavirus para revisar la interrupción del proceso de revinculación de un padre con sus hijos menores de edad.
También para ejecutar sentencias de alimentos provisorios.
La sala de feria del Tribunal de Apelaciones advirtió que para lo que resta de la cuarentena y la feria, el envío de escritos a través del sistema judicial Lex100 dispuesto para el trabajo remoto, “con habilitación de días y horas inhábiles”, “está reservado a los casos de urgencia donde el acceso a la justicia no admita demora”.
Revinculación
En su presentación, un padre argumentó que ” dilatar aún más el proceso de revinculación con sus hijos menores de edad importaría una nueva dilación en la administración de justicia”.
Pero el Tribunal de Apelaciones priorizó el derecho a la salud de los nenes y de quienes los rodean. Seguir con la revinculación que se realiza en un consultorio psicológico “implicaría poner en riesgo la propia salud de los niños menores de edad”.
“No basta limitarse a mencionar que la continuación del proceso de revinculación, en el modo en que ha sido dispuesto en los obrados y durante el período de aislamiento social preventivo y obligatorio establecido en el Decreto N° 297/2020, evitaría la concreción del perjuicio mencionado, dado que no resulta suficiente la invocación genérica e imprecisa respecto de eventuales beneficios”, concluyó el fallo de los jueces Omar Diaz Solimine y Manuel Converset.
También remarcaron que permitir el desplazamiento de los niños hacia la dependencia donde se realiza la revinculación “podría poner en riesgo no sólo” su salud sino también “la de la población en general”.
Las excepciones para el traslado de menores en caso de padres no convivientes quedaron establecidas en una resolución del Ministerio de Desarrollo Social el 20 de marzo último y “resultan aplicables a situaciones absolutamente excepcionales” que no se dan en el caso, según la resolución judicial.
Alimentos
En otra resolución, el mismo Tribunal de Apelaciones rechazó habilitar la feria extraordinaria para continuar con los trámites procesales para ejecutar una sentencia de alimentos debidos.
“Los motivos excepcionales y de urgencia que permiten habilitar la feria judicial deben ser reales y objetivos”, advirtió la sala de feria de la Cámara Civil.
Esto depende de los motivos “emanados de la propia naturaleza de la cuestión, y no de la premura que un asunto pueda tener para el interés particular del litigante ni de la sola demora que trae aparejada la paralización de la actividad judicial”.
La Cámara aclaró además, en líneas generales y para lo que resta de la cuarentena y la feria, que el envío de escritos a través del sistema judicial Lex 100 dispuesto para el trabajo remoto, “con habilitación de días y horas inhábiles”, “está reservada a los casos de urgencia donde el acceso a la justicia no admita demora”.
En el caso del fuero civil, el 20 de marzo se estableció que esto se limita a “cuestiones de familia muy urgentes que no admitan demora”. En una resolución posterior y ante el aislamiento social preventivo y obligatorio se ordenó tener “especialmente en consideración” a los “asuntos de familia urgentes, reguardo de menores, violencia de género, amparos -particularmente los que se refieran a cuestiones de salud-“.
Por ello “es condición que existan reales motivos de urgencia que objetivamente emanen de la propia naturaleza del caso y así lo justifiquen”, advirtió la sala de feria de la Cámara.
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Comments

  1. fantastico
    Tres hijos, cuota de 4900 pesos , prepaga y membresia al club y oh casualidad, este mes no deposito…el señor contador y yo, medica, sin trabajar desde el 20 de marzo por la pandemia y autonoma
    MUCHAS GRACIAS

  2. menos mal que los niños son prioridad, habria que ver para quienes.
    1 hijo cuota provisoria $3000, el sr AUTONOMO hace 3 mese no deposita la cuota. PARA LOS JUECES NO ES URGENTE.

  3. Es increible que juzgados no puedan trabajar a puertas cerradas y con protocolo como lo hacen todas las profesiones. Los derechos de las personas están en juego… Alimentos, sucesiones, comunicación con hijos, son algunos de los casos que muchas veces no admiten demora….

  4. Buenos días hace años que estoy con el mismo trámite por filiacion de adn ,el demandado el año pasado 2019 no se presento en dos ocasiones y hasta el momento no hay novedad, cuando comenzarán a reabrir las causas por filiacion en el juzgado .

  5. me divorcio en septirmbre supuestamente demorará tres meses máximo ..pasaron ya 7 meses y nada ya lo pague hasta cuando debo esperar

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