Una abuela de 95 años de Bahía Blanca demandó a un laboratorio privado y al Estado Nacional para obtener un medicamento contra la osteoporosis en un formato que se dejó de vender en el país. No sólo perdió, sino que tendrá que pagar los gastos del juicio. Y todo se dio porque en vez de demandar al PAMI, su obra social, querelló al Ministerio de Salud de la Nación.

La Cámara Federal de Bahía Blanca sostuvo que “no corresponde atribuir” al Estado Nacional, en este caso al Ministerio de Salud, “responsabilidad por conductas realizadas por entes distintos que no integran su estructura burocrática (ya sea centralizada o descentralizada)”.

“No es posible endilgar responsabilidad al Ministerio de Salud por actos u omisiones –presuntamente arbitrarios o ilegales– de dicho Instituto, en tanto se trata de personas jurídicas distintas”, sostuvieron los jueces Pablo Candisano Mera y Pablo Larriera.

Con estos argumentos el Tribunal de Apelaciones revocó una sentencia del juzgado federal 1 de esa ciudad favorable a la jubilada. Además de quedarse sin el remedio, tendrá que afrontar los gastos del juicio, incluídos honorarios de los abogados de todas las partes.

 De hecho fue desde el juzgado federal 1 que se había aceptado la demanda de la anciana al Estado Nacional, luego de haberlo sugerido en un fallo que rechazó un recurso presentado contra el laboratorio Novartis  Argentina SA.

A partir de la  ley 19.032 de creación del Instituto – con la modificación realizada mediante ley 25.615–, se “estableció con claridad que éste “funcionará como persona jurídica de derecho público no estatal, con individualidad financiera y administrativa”.

“No es posible sostener que el Ministerio de Salud haya actuado de forma arbitraria o ilegitima, y menos aún que dicha supuesta conducta reprochable haya sido ostensible o manifiesta –tal como requiere la vía intentada–, en tanto el Ministerio de Salud, recién tomó noticia de aquello que reclama la actora en el marco de la presente causa”, agregó la Cámara.

La jubilada bahiense, Dora Landau, padece “osteoporosis severa” y presentó un recurso para que se le siga suministrando “Calcitonina Sandoz Spray Nasal” luego que Novartis resolvió en 2017 dejar de vender en el país el medicamento en ese formato. El remedio le era suministrado por la obra social de los jubilados hasta que dejó de conseguirse.

En la demanda presentó certificados médicos que dieron cuenta de los efectos adversos que le provocaría el suministro del medicamento en sus otras presentaciones, como por ejemplo inyectables.

El juzgado federal 1 de Bahía Blanca había condenado al Estado Nacional a brindarle “ inmediata provisión y total cobertura del tratamiento, debiendo en caso de ser necesario proceder a su importación a través del Régimen de Acceso de Excepción a Medicamentos No Registrados (RAEMNR) y realizar el trámite pertinente a través del Instituto Nacional de Medicamentos”

En el caso de Novartis Argentina S.A. se le rechazó la demanda contra el laboratorio porque los jueces entendieron que “la decisión de dejar de comercializar el medicamento en el país “es de su exclusivo resorte” y “no importa, por tanto, conducta arbitraria”.

Comments

  1. Ésto es nomás que una situación? De PODER económico. La otra una mala praxis profesional… exigir la medicina en principio es Parte del”ALIMENTO” ES NECESARIO E IMPERIOSO. SUMANDO ES AMPARADO POR EL ESTADO. SE LLAMA AMPARO JURÍDICO Y ES GRATUITO, ÁGORA ESTA PROFESIÓN ES DE MEDIO NO DE RESULTADO Y LOS COLEGAS DEBEMOS. CONOCER LOS LÍMITES.?? resultado!

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