LV está detenida y cumple prisión domiciliaria desde diciembre del año pasado. Pidió salir de su casa sólo para  acompañar  a  sus  hijos  menores  de  edad  a  la  entrada  y  salida  de la escuela. Alega que quiere vincularse mejor con los niños y con el establecimiento educativo y que está en juego su derecho a estudiar .

El juzgado federal de Morón rechazó su pedido, por lo que su defensa oficial apeló ante la Cámara Federal de San Martín. La mujer contó a su favor con un informe de la Asesoría de Menores.

A pesar de que los mismos jueces de la Cámara reconocieron que para “la logística familiar sería mejor” que la mujer acompañara a sus hijos al colegio, privilegiaron el hecho de que la acusada cumple prisión domiciliaria y que hay otras personas que pueden llevar a los niños a la escuela.

La defensa de la mujer argumentó que  los menores  hace  un  mes  que  no  concurren  al  colegio,  debido  a  la imposibilidad  que  tiene  de  contar  con  una  persona  de  confianza que  los  pueda  trasladar.  Alegó que  al  no  concederse  este beneficio  se está coartando su derecho a poder estudiar.

A la hora de resolver, la Cámara Federal de San Martín entendió que debía evaluarse de manera “especial” la petición porque se  encuentra  involucrado  el  derecho  a  la  educación  de  los  hijos  menores  de la mujer,   “a   quien   el   ordenamiento constitucional  le  asigna  especial  protección,  privilegiando  su interés  superior  y  la  efectivización  de  sus  derechos”.

Conforme  se  desprende  del expediente, el  8  de  octubre  de 2018,  la  defensa  solicitó  la  prisión  domiciliaria  de la acusada,  la  que  le  fue  otorgada  el  pasado  12  de  diciembre, por situación  familiar  y  la importancia  de  la  presencia  de  VM,  en  el  domicilio donde se encontraban  sus hijos.

El  3  de  mayo,  su  defensa  requirió  autorización  para que  la  acusada   pudiera  acompañar  a  los  menores,  de  lunes  a viernes  en  el  horario  de  las  08   y  las  16.,  a  la  Escuela xxxx  de  la  Ciudad de  Buenos  Aires;  haciendo  hincapié en  que  la  referida  institución  se  encuentra  provisoriamente  en ese  lugar  ya  que  se  mudará xxx,  en  el  barrio  de  Retiro.

El   Juez  de primera instancia  rechazó  dicha  solicitud  al  entender que  ello  implicaría  desnaturalizar  el  sistema  fijado,  ya  que conlleva  autorizar  salidas  cotidianas.

Cuando la detuvieron, los hijos quedaron al cuidado de la abuela materna, N M, en el domicilio de ésta en la Villa 31, lugar donde vivía L hasta quedar presa.

Al ser beneficiada con la domiciliaria, fue su madre la que resaltó  la importancia  de  que  su  hija  pudiera  retornar  a  la  vivienda,  ya que  podría  encargarse  de  los  quehaceres  del  hogar  y  del  cuidado de  los  niños,  mientras  ella  se  abocaría  al  trabajo  y  a  la realización  de  las  tareas  que  su  hija  esté  impedida  por  su condición  de  arrestada,  como  ser  “llevar  a  los  niños  a  la escuela” y comprar alimentos.

De  los  informes  elaborados  por  el  Equipo  de  Casos  de Especial  Seguimiento,  del  15  de  abril,  27  de  mayo,  25  de  junio y  16  de  julio  de  2019,  se  desprende  que  NM,  es  quien se  encarga  de  realizar  las  compras  y  organizar  junto  a  otras vecinas  el  traslado  de los chicos  a  la  escuela. También surgió que la acusada  se  encuentra preocupada  por  no  contar  con  una  respuesta  en  cuanto  al  permiso de   salida,   que   le   permitiría   organizar   varios   aspectos personales  y  vincularse  directamente  con  el  establecimiento educativo  de los  niños.

Para la Cámara, la solicitud  requerida  “deviene  improcedente,  no  comprometiéndose el  derecho  de  los  infantes,  de  una  manera  tal,  que  habilite arribar  a  una  solución  favorable”. La decisión se contrapone con lo sugerido por  el Defensor  Público  Oficial  y  la  Asesoría  de  Menores  ante  esta Alzada.

“La   valoración   conjunta   de   los   referidos informes,  evidencian  que,  sin  perjuicio  de  que  obviamente  para la  logística  familiar  sería  mejor  que  su  mamá  pudiera  acompañar a  sus  hijos  al  colegio,  lo  cierto  es  que  ella  se  encuentra cumpliendo   una   detención   domiciliaria   y   cuenta   con   otras personas  que  frente  a  esta  situación  podrían  hacerse  cargo  de cumplir con esta tarea”, dice el fallo firmado por los camaristas Marcos Morán y Alberto Lugones.

La Cámara recordó que la madre de la acusada  es  quien se  encarga  actualmente  de  llevarlos  y  “conforme  las  constancias de  alumno  regular  que  fueran  incorporadas,  cumplió  con  ello hasta  el  momento  de  la  presente  solicitud,  no  coincidiendo  con las  alegaciones  de  la  defensa  en  cuanto  a  que  hacía  un  mes  que los  menores  no  concurrían  a  clase;  además  en  caso  de  no  poder, cuenta   con   otras   personas   (vecinos   e   hija)   que   podrían ayudarla”.

“Esta  circunstancia (no llevar a sus hijos a la escuela)  no impide  que  la  encausada  se  vincule  con  la  educación  de  sus hijos, dado  que convive con ellos. En  definitiva,  se  concluye  en  que  con  el  rechazo  del pedido  incoado,  no  se  cercena  el  derecho  a  la  educación  de  los menores, por lo que la decisión apelada habrá de homologarse”, concluyó el fallo.

Comments

  1. Buenas noches:
    Me ecuentro cumpliendo un arresto domiciliario hace tres meses en la casa de mi tia, mi hijo tiene 18 años y se encuentra solo en mi domicilio puedo cambiar el domicilio?

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