M.M.G fue procesada y embargada por intentar pagar en dos comercios con un billete de 500 pesos falso. Para la Cámara Federal, la acusada tuvo intención de engañar y ánimo de lucro.
Un fallo de la Sala II de la Cámara Federal confirmó el procesamiento por el delito de “tentativa de puesta en circulación de moneda falsa” y el embargo de sus bienes por la suma de cinco mil pesos.
El caso llegó hasta la Cámara luego de que la defensa oficial de la mujer apeló el procesamiento dictado en su momento por el juez Rodolfo Canicoba Corral. El defensor consideró que no había pruebas suficientes como para concluir que la imputada conocía su falsedad.
El hecho ocurrió el 9 de marzo de 2018, en horas de la tarde, en los comercios denominados “Quién te viste y quíen te ve” y “Fitoplas”, en la Ciudad de Buenos Aires.
En uno de los comercios, M. M.G intentó “pasar” el billete de 500, pero le dijeron que era falso. Entonces se dirigió al segundo local, que ya había sido alertado por el primero para que no cayera en la trampa y así evitara ser estafado.
La Cámara sostuvo que el billete, a simple vista, “detenta suficiente aptitud para generar engaño a un individuo desprovisto de conocimientos especiales y de la experiencia propia del manejo cotidiano de dinero, que lo habilitaría probablemente a discernir su falsedad, es decir, a un hombre común”.
Al confirmar el procesamiento, los jueces Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, tomaron en cuenta la actitud adoptada por la imputada frente al rechazo de su pago ante la expresa advertencia de su falsedad efectuada por el comerciante. No obstante ello, “sin solución de continuidad, intentó volver a usarlo en otro negocio”.
Los camaristas también tomaron en cuenta su posterior intento de fuga, tras notar la presencia del personal policial.
Al ser detenida in fraganti, la policía encontró entre sus pertenencias otro billete falsificado, de 200 pesos. Por lo que “resultan ser indicios de peso para estimar, con el grado de convencimiento requerido en esta etapa, que obró dolosamente en ambas ocasiones”, se sostuvo en el fallo.
La Cámara concluyó que los hechos habrían sido cometidos con ánimo de lucro y consecuentemente, en caso de recaer condena , M. podría ser pasible del pago de una multa.
De dónde sacan estas cosas? Vuelvo a felicitar a las responsables de “Justicia de Primera”, aunque viendo la presteza con los ladronzuelos y la lentitud con los de guante blanco, me hace pensar que, en realidad, es de cuarta.