Escupían espejos, manijas de ascensores, puertas de los departamentos, escribían con aerosol en la terraza, robaban las tapas de luz y bombitas de los pasillos…hasta rompieron el arbolito de Navidad que se armaba cada año en el hall de acceso. Así empezó la convivencia de los nuevos inquilinos de un departamento en un edificio de Caballito. La situación se agravó con amenazas de muerte y todo terminó muy mal con sus vecinos de abajo.
De hecho los ahora ex inquilinos y  los propietarios que les alquilaron, acaban de ser condenados a pagar de manera solidaria cien mil pesos de indemnización más intereses por “daños y perjuicios”.
El juicio tardó más de 15 años. La Justicia dio por probado los “gravísimos tormentos y perturbaciones que afectaron la paz del hogar” de los demandantes, a raíz de los ruidos e incidentes provocados por los inquilinos del piso 13. Ellos vivían en el 12.
En la denuncia se aludió a “conductas rutinarias consistentes en escupir los espejos, manijas de los ascensores y puertas de acceso a los departamentos de todo el piso 13°; a que una de las ocupantes fue sorprendida por los reclamantes manteniendo relaciones sexuales en sectores comunes del edificio; ruidos y disturbios de fin de semana; golpes injustificados en las puertas de los departamentos; daños en las paredes de los pasillos;escrituras con pintura en aerosol en la terraza y su puerta de acceso; rotura y/o hurto reiterado de las tapas de luz del pasillo y bombitas eléctricas; rotura intencional del árbol de navidad del edificio”.
Los locadores argumentaron que ellos no debían responder por el daño moral producido por los locatarios y que sólo una vez los llamaron por teléfono una madrugada para quejarse por los ruidos de sus inquilinos. En todo caso, argumentaron , los afectados “debieron llamar a la policía”. También resultaron condenados.
El encargado del edificio declaró: “Antes que venga esta gente las condiciones estaban buenas, hasta que llegaron al edificio; había escupidas en el ascensor, espejos, manijas de las puertas y ascensores, rompieron e lárbol de navidad en otra oportunidad, la puerta del lavadero estaba escrita con aerosol, sacaban los felpudos de los pasillos de los propietarios, los adornos de navidad de las puertas, en las salas de máquinas se los han encontrado sentados en ese lugar. o en el cuartito de la basura”.
“En materia de propiedad horizontal es sabido que el Reglamento de Copropiedad -hoy llamado Reglamento de Propiedad Horizontal- es el estatuto fundamental que contiene la regulación de los derechos y obligaciones de los titulares de las unidades funcionales sometidas bajo tal régimen. Fija las relaciones interconsorciales y disciplina los vínculos entre los copropietarios, estableciendo sus derechos, obligaciones, y, especialmente, límites destinados a instaurar un régimen de convivencia y armonía”, se recordó en el fallo.
Por todo ello, el propietario y/o ocupante de una unidad funcional está obligado a cumplir con sus disposiciones.
Entre esas obligaciones del Reglamento del edificio está la de no perturbar la tranquilidad de los demás “de cualquier manera que exceda la normal tolerancia entre vecinos”-.
 “Ello resulta válido no sólo los propietarios sino también para quienes ocupan unidades en el edificio sin ser titulares del derecho real de propiedad horizontal. El reglamento y sus cláusulas son ley no sólo para los consorcistas sino para todos los habitantes del inmueble, y un consorcista no puede transmitir a su ocupante, tenedor o poseedor un derecho mejor o más extenso, por lo tanto éste también está obligado a respetar las cláusulas del reglamento”, advirtieron los jueces.
El dueño de cada unidad “sólo tiene un derecho limitado, relativo, impuesto por las exigencias de la vida en común”
En virtud de la prueba de la causa, especialmente los testigos, “no cabe duda que las conductas” denunciadas “provocaron molestias comprobadas a los vecinos que excedieron la normal tolerancia que es dable esperar de éstos, configurándose una conducta prohibida”.

Comments

    1. Gracias por leernos. Copio los datos del expediente “M. V. J. y otro c/ S. R. y otros s/ Daños y Perjuicios” (Expediente No.
      46203/2009) – Juzgado No. 69

      1. Casi 10 años de juicio contra el consorcio .Estamos enfermos, mi hijo como yo del corazon y ,yo, discapacitada con 59 años. Imploro ayuda..de rodillas . La abogada q tengo ni le interesa y no consigo un-a abogada ya xq el juicio tiene 9 años. Estoy vieja, enferma y ya si fuerzas para luchar contra administradores con denuncias y sanciones por el RPA, y un consorcio que me han hecho de todo, Tengo como comprobar mis dichos! Fui a ver a la Dra Sevitz hace unos 4 años, en diciembre, me dijo q no sabia si me tomaba el caso xq estaba empezado, pero si yo queria q ella me diera su punto de vista, me salia $4000 y sin garantía q tomase el caso.Era demasiado dinero para para correr el riesgo de quedarme nuevamente sin profesional.. Ser viejo , y sin recursos es un signo a la desproteccion total.Es muy feo lavarse los dientes con cepillos dentales con hongos, eso vivimos y no me puedo mudar porq entra agua por varios lados y la administradora miente y la abogada presenta las evidencias porque dice q para ella no sirven, pero yo no miento, porque lo sufro..Gracias.

        1. Hola Silvia, somos una página periodística, no damos asesoramiento legal. Pero te dejamos el contacto de una Asociación donde tal vez puedan ayudarte
          https://www.buenosaires.gob.ar/organizacion/asociacion-civil-de-defensa-al-consumidor-de-bienes-y-servicios-para-la-propiedad
          http://www.adeproh.org.ar/
          Dirección:
          B. Mitre 1711 – Piso 2 – Of. 5 – C.A.B.A.
          Días y horarios de atención:
          Lunes a viernes de 9 a 16 hs.
          Teléfono:
          4371-1450 / 4371-2226

  1. Buenos Días, soy propietario de 1 unidad funcional en un consorcio de departamentos en Caballito. Tengo
    64 años y los últimos 45 los viví en consorcios. Es un infierno, a pesar de que yo particularmente tuve ínfimos problemas. Y veo siempre los abusos burocráticos de la justicia argentina !, 15 años para resolver y fallar en un litigio por “ruidos molestos y vecinos abusivos” ???.
    Con estas perspectivas, hay que vivir en una casa independiente y listo !. Eso sí, como “expensas” en una casa estará el gasto por seguridad “privada”, ya que la pública no existe.
    Fui titular de mi consorcio actual durante 10 años. Se lo que digo !.

    1. Convengamos que quién vive en un departamento- a menos que sea un semipiso o piso- no estaría pudiendo comprar una casa “independiente”! sino, ya todos lo hubiéramos hecho!

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