¿Cómo piensa que será el trabajo de la justicia post pandemia, para el año próximo en Tucumán, y las distintas provincias, volverá la presencialidad o se quedará el sistema mixto con teletrabajo, audiencias virtuales?
Los tiempos de crisis implican grandes desafíos para los actores sociales y los poderes del Estado, quienes tienen la responsabilidad de cumplir sus funciones en cualquier contexto a fin de sostener el sistema democrático y republicano.
En ese sentido la pandemia COVID-19 representa un desafío histórico en todos los niveles por cuanto modificó nuestra forma de ver el mundo y relacionarnos con los demás. La justicia no resultó ajena.
Ante la sorpresa e incertidumbre inicial, la respuesta no fue una parálisis de la actividad judicial sino que, por el contrario, se pusieron en funcionamiento mecanismos creativos y la motivación para resolver la coyuntura y dar nuevas respuestas novedosas y efectivas a los obstáculos generados.
Así, ante la imposibilidad de concurrir a los puestos laborales, se idearon sistemas de prestación de servicios en modalidad remota; ante la imposibilidad de contar con el soporte papel para la consulta de expedientes, se aceleró el proceso de digitalización de los mismos; ante la imposibilidad de celebrar audiencias presenciales se ideó un sistema de toma de audiencias por medios telemáticos; ante la imposibilidad de los profesionales y las partes de acceder a las dependencias del juzgado, se crearon diversas formas de consulta virtual con acceso las 24 hs. del día, y la comunicación directa con los juzgados (mostrador virtual, sistemas de consultas vía email, teléfonos celulares provistos para cada unidad, presentación de escritos por medios cibernéticos) Las diligencias se instrumentaron por medios digitales, flexibilizando las formas (por ejemplo notificaciones vía WhatsApp, diligenciamiento de oficios por mail, entre otros)
En síntesis, se produjo un cambio de paradigma en torno a la concepción y a la tramitación del proceso; adecuándolo a la realidad de los avances tecnológicos del momento y precipitando un cambio de mentalidad en los operadores de la justicia.
Si bien ya se encontraban incorporados algunos medios tecnológicos al trabajo de la justicia, la pandemia vino a acelerar inusitadamente y en muy corto plazo su implementación en todas las áreas y su uso generalizado. Esto nos abre grandes perspectivas en un corto plazo, en vista a la incorporación de otras herramientas, tales como la inteligencia artificial, tendientes a maximizar y hacer más efectiva la tarea judicial.
Lo dicho es fácilmente verificable en los datos estadísticos de los que se desprende la duplicación de escritos presentados, de actuaciones procesales de los juzgados (resoluciones, decretos, cédulas, oficios), disminución de los plazos en la tramitación de los procesos, mayor cantidad de audiencias y de juicios ingresados, etc.
Si bien lo apuntado aporta grandes ventajas a la tramitación de los procesos judiciales, no hay que perder de vista el fundamental principio de inmediatez entre las/os juezas y jueces y las partes, cuya manifestación más tangible es la oralidad. Lo deseable es la presencialidad en orden a todo lo que implica la interacción y contacto humano, el que no puede ser suplido satisfactoriamente con una comunicación virtual.
Esto me lleva a reflexionar en una justicia pospandemia que reúna lo mejor de ambos paradigmas: la implementación de tecnología sumada a las ventajas de la presencialidad. Es decir, la implementación de sistemas mixtos que maximicen el cumplimiento de la función judicial, tanto desde el lado del acceso a la justicia de la ciudadanía, como así también a la organización de las unidades judiciales de la manera más eficiente.
En conclusión, entiendo que, si bien estamos en camino hacia una “nueva normalidad pospandemia, no habrá vuelta atrás respecto a la nueva forma de ver a la justicia tanto hacia adentro como hacia afuera; por lo que no es pensable regresividad hacia los mecanismos de funcionamiento previos a la pandemia, sino más bien una evolución hacia sistemas mixtos que reúnan las ventajas de los paradigmas a los que me referí anteriormente.
¿Qué tiene que cambiar para que la gente vuelva a confiar en la justicia?
Considero que debemos cambiar la forma de comunicarnos con la sociedad. A diario se trabaja para resolver muchos de los conflictos que aquejan a quienes acuden a la justicia a buscar la solución a sus problemas cuando ya agotaron todas las instancias.
Sin lugar a dudas, debemos mostrar que la justicia no es una institución alejada de la sociedad ni el menos democrático de los poderes. Tenemos que transmitir que todas/os las/os operadoras/es judiciales estamos involucrados con la resolución de los problemas de la gente, formamos parte de la misma sociedad en la que vivimos y cumplimos nuestras funciones, somos conocedores de nuestro entorno y su problemática.
La gente está reclamando que trabajemos en algunas cuestiones como la ética judicial, y considero que debemos hacerlo. De hecho, es un tema de agenda de todos los poderes judiciales del país, que nos preocupa y ocupa. Numerosos congresos, jornadas, cursos, etc. sobre el tema se han realizado y realizan a lo largo y ancho de nuestro país y del mundo.
El juez debe desempeñar su rol de manera de mostrarse cercano a la ciudadanía utilizando lenguaje accesible en sus sentencias, y dirigiendo el proceso de manera tal que no resulte incomprensible a la sociedad y esta pueda entender las prácticas judiciales. Debe superarse el viejo paradigma de que el juez solo habla a través de sus sentencias, ya que el impacto de sus decisiones no se agota en la resolución del conflicto particular sino que se expande a la sociedad; por lo que resulta fundamental la comunicación de las sentencias en general que puedan resultar resonantes al medio social por medios adecuados que aseguren su difusión; como así también de la actividad judicial, a saber: rol social que cumplen, funcionamientos de los juzgados, relaciones interinstitucionales, etc.
¿Cómo ve la justicia en las provincias, porque siempre se habla de Comodoro Py, de la justicia de la Capital Federal, pero poco se sabe del funcionamiento de los tribunales y cortes provinciales?
Considero que el mayor contacto de la sociedad con la justicia se da principalmente a través de la prensa, la que centra su atención en los casos mediáticos que mayormente se radican ante los tribunales federales.
Sin embargo, la problemática de la ciudadanía en general tramita ante los tribunales provinciales (un 85% aproximadamente). Los problemas cotidianos son resueltos por las justicias locales: divorcios, sucesiones, alimentos, alquileres, consumo, planes de ahorro, amparos a la salud, problemas laborales, etc.
Sería deseable que la comunidad conozca el funcionamiento de la justicia, a través de información brindada por la misma. Ello a fin de que la gente interiorice que se trata de un poder del Estado que está a su servicio, que es accesible, que puede traer paz y solución a sus problemas.
Cabe poner énfasis en la política comunicacional de los tribunales provinciales, tendiente a estos objetivos, así como también la creación de oficinas y mecanismos dirigidos a facilitar el acceso a la justicia (por ejemplo, centros de atención jurídica, OVD, oficina de atención a la víctima, etc.), en concordancia con las Reglas de Brasilia.
Como se advierte, esto está íntimamente relacionado con el principio ético de la transparencia; y respecto a lo cual considero atinado agregar que una forma de acercar la ciudadanía a la justicia es promover constantemente acciones dirigidas a hacer conocer a través de las redes sociales la actividad judicial, sus protagonistas, ámbitos de trabajo, mostrando así la cara humana de un poder estatal que muchas veces es percibido como distante e ininteligible por la ciudadanía
Con la renuncia de la doctora Highton a la Corte, ¿hay una deuda en relación a la paridad de género en el máximo tribunal? Piensa que habría que aumentar el número de integrantes?
La discusión acerca del aumento o no del número de miembros de la CSJN resulta recurrente en la historia institucional de nuestro país, observándose marchas y contramarchas al ampliar o reducir los miembros de la misma.
La CSJN debe reflejar, por un lado, la diversidad de opiniones y corrientes de pensamiento jurídico, de manera de garantizar una mirada plural y democrática en la toma de decisiones transcendentales para la vida institucional de una Nación. Por otro lado, debe considerarse también, la creciente complejidad de las cuestiones traídas a consideración del Alto Tribunal, así como el elevado grado de litigiosidad en sociedades modernas, de heterogénea configuración.
Desde esta perspectiva, cabe preguntarse si el número de miembros de la CSJN, atiende a las necesidades señaladas, es decir, la pluralidad de voces en un dialogo jurídico necesario y fecundo para la vida institucional, que pueda afrontar con celeridad y eficacia el gran número de casos que llega a su conocimiento, así como su naturaleza compleja.
En la actualidad, no se advierten razones que justifiquen la modificación de lo establecido en la ley 26.183. El jurista Néstor Sagüés, sostuvo que el número de los magistrados del Tribunal debería depender del tipo y cantidad de tareas que se le asignen. En la actualidad, existen disposiciones normativas que permiten la reducción de las causas a resolver en definitiva (vgr. arts. 280 y 285, C.P.C.C.N), por lo que no se justifica un aumento en el número de integrantes del Máximo Tribunal nacional.
Puntualmente, estimo que una Corte integrada por cinco miembros garantiza el debate serio y la pluralidad de miradas sobre los fenómenos jurídicos.
Ahora bien, en la composición mentada de cinco vocales debe encontrarse asegurada la presencia femenina. Así como resulta insoslayable la incorporación igualitaria de mujeres a la justicia en todos los planos, necesariamente ello debe reflejarse en la integración del más Alto Tribunal de la Nación. De allí que entiendo que la vacancia generada por la renuncia de la Dra. Highton de Nolasco debe ser cubierta por una mujer que en lo preferente provenga de las justicias provinciales, que tenga compromiso con la independencia del Poder Judicial y un trabajo anterior y sincero con perspectiva de género y en materia de género.
En este sentido, comparto la opinión vertida por juezas de muy alto rango, como judge Abrahamson en Estados Unidos y madame Justice Wilson en Canadá, quienes afirmaron que una justicia con una conformación diversa que incluya a un número considerable de mujeres y refleje la diversidad étnica y racial de la sociedad, contribuye a generar confianza en el sistema de justicia y resulta esencial para que la institución sea percibida por el público como justa y representativa.
Asimismo, la diversidad en relación con los antecedentes y experiencia de vida de las mujeres enriquece al sistema de justicia y aporta visiones y perspectivas diferentes, como así también actitudes de mayor empatía con los justiciables.
La afirmación de voces diferentes en la justicia es importante en la visión democrática y participativa de la sociedad. La presencia de mujeres ocupando posiciones de autoridad contribuye a poner en cuestión el estereotipo social clásico y cumple el rol simbólico de promover opciones menos tradicionales para las mujeres. Las mujeres en altos cargos sirven como modelo para las generaciones más jóvenes y facilita que niños y niñas interioricen la creencia de que todos, sin distinción de género, pueden aspirar a cargos de prestigio y posiciones de poder.
¿Le gustaría que la llamaran para integrar la Corte?
No solamente me gustaría, sino que sería un honor para mí formar parte del Alto Tribunal.
Pienso que es un anhelo de todo magistrado con vocación de justicia acceder a tan altos honores, además de constituir un reconocimiento al compromiso y a la trayectoria profesional de las/os juristas más destacadas/os del país, por cuanto ello implica la posibilidad de lograr una mayor incidencia en la vida institucional de la Nación y poder contribuir en un ámbito en el que se desarrollan grandes debates jurídicos en torno a distintos actores sociales (privados y público).
¿Hay una tendencia en estos tiempos a aplicar la perspectiva de género a la hora de resolver conflictos?¿Cómo está la Argentina en comparación con otros países?
En nuestro país, ante los avances operados en el reconocimiento legislativo de los derechos fundamentales de las mujeres y a la creciente demanda social de igualdad en materia de género, la justicia se encuentra frente al desafío de deconstruir las estructuras convencionales, tanto en la organización y funcionamiento del servicio judicial puertas adentro, como también en el cambio de mirada para el juzgamiento de los casos en que se vean comprometidos derechos e intereses de las mujeres.
Si bien los sistemas de justicia clásicamente estructurados demostraron ser ineficaces para responder a las necesidades de las mujeres, ello no pasó desapercibido y hoy es posible advertir que se están llevando a cabo a nivel nacional y provincial diversas acciones desde las administraciones de justicia, tendientes a adecuar su funcionamiento para lograr una justicia accesible, igualitaria y comprometida con los derechos fundamentales de las mujeres.
Argentina, en el marco de Latinoamérica, se caracteriza por ser un país vanguardista en materia de reconocimiento de derechos humanos de sectores vulnerables, especialmente en materia de género, impulsando grandes cambios que se reflejan en todos los poderes del Estado. Estos cambios sirven de modelo e inspiración a otros países de la región a la hora de elaborar sus políticas públicas en materia de género. Sin dejar de señalar que estos cambios vienen impulsados por diversos sectores de la sociedad, por ejemplo las ONG, que generan grandes debates que luego se traducen en acciones concretas que llevan adelante el cambio.
Específicamente, en lo que respecta a nuestra provincia, la CSJT -replicando lo actuado a nivel nacional- ha creado oficinas específicas dirigidas a abordar la problemática de género: la OVD, la Oficina de la Mujer, Oficina de Derechos Humanos. Asimismo, de forma permanente se organizan capacitaciones dirigidas a los operadores de justicia a fin de concientizar en la materia. Recientemente se inauguró un lactario con el objeto de que las trabajadoras de la justicia que estén lactando cuenten con un espacio adecuado a esos fines.
Pongo el acento en que resulta fundamental incluir la perspectiva de género para el diseño e implementación de políticas públicas, entre ellas, las vinculadas a la organización judicial y el servicio de justicia, con las normas del derecho internacional de los derechos humanos como marco.
La perspectiva de género opera de manera transversal, abarcando aspectos públicos y privados, de manera que el comportamiento de magistradas y magistrados debe estar regido por ésta, tanto en su actividad personal como en su rol institucional.
Juzgar con perspectiva de género no solo constituye un mandato legal sino un auténtico imperativo ético, en miras a alcanzar la igualdad real de las mujeres y la erradicación de la violencia contra estas en todas sus formas.
Marcela Ruiz. Vocal y Presidenta de la Cámara Civil y Comercial Común de Tucumán. Presidenta de la Asociación de Magistrados de Tucumán (AMT). Vicepresidenta primera de la Federación Argentina de la Magistratura y de la Función Judicial (FAM)