Un empleado enfrentó una causa judicial por “violación de secreto”. Lo acusaron de ingresar al sistema informático restringido de la empresa para la que trabajó, sustraer información “confidencial” y entregarla a otra firma de la competencia.
Su periplo judicial empezó en 2018, poco después de cambiar de trabajo y acaba de terminar.
Qué pasó
Según la acusación, ejecutó “procesos y programas” de su ex empleadora y “habría transmitido ilegítimamente” a sus nuevos jefes datos referidos a licitaciones.
Un juez de primera instancia de los tribunales federales de Comodoro Py 2002, Luis Rodríguez, lo procesó y embargó por dos millones de pesos.
Quedó acusado como supuesto autor de los delitos previstos en los artículos 153 bis y 156 del Código Penal: Violación de secretos y acceso indebido a sistemas informáticos.
“El juzgado dio por cierto que luego de su desvinculación laboral de la querellante habría ingresado al sistema informático de acceso restringido “Polaris”, ejecutando procesos y programas de su ex empleadora”, resumió la Cámara Federal porteña al revisar esa sentencia.
La defensa postuló por el contrario que ” sólo se habían acreditado algunos envíos de mails e ingresos remotos al sistema que no habían sido realizados por el imputado, puesto que varios de ellos habían sido ejecutados por la misma querella” desde la dirección IP que tuvo asignada el acusado.
Y en todo caso, remarcó que se trató de “información de público acceso y no confidencial”, por lo que no hubo delito alguno.
También que “cualquier persona, de haber contado con la clave, pudo haber ingresado con el usuario” del acusado porque no se hallaron “evidencias de violación de los esquemas de seguridad informáticos”.
Por último, remarcó que su cliente “nada tuvo que ver con la pérdida de la licitación del servicio de comedores de AySA y su obtención por otras empresas, perjuicio que entonces mal podía reprochársele”.
Delitos privados
Por otros motivos, el juez de la sala II del Tribunal de Apelaciones Eduardo Farah revocó el procesamiento.
Los delitos, si los hubo, “resultan de acción privada”, concluyó. No hay nada que analizar en la Justicia federal.
Ante ello declaró la nulidad de la citación a declaración indagatoria, del posterior procesamiento y dispuso el archivo de la causa “por imposibilidad de proceder”, al menos en lo referido a los delitos que se investigaron.