La Justicia confirmó que una empresa de medicina prepaga deberá cubrir el 70 por ciento de una costosa medicación para la osteoporosis en el caso de un paciente de 45 años que sufre un cuadro avanzado de esa enfermedad y padeció fracturas.

La Cámara Federal de Mendoza habilitó la feria judicial de enero para tomar esa decisión ante la urgencia de comenzar el tratamiento con el fármaco prescripto luego del fracaso de otros anteriores y ante una fractura que sufrió el hombre, padre de tres hijos.

Los integrantes de la sala B del Tribunal de Apelaciones de esa provincia rechazaron sin embargo un planteo del afiliado para que la prepaga cubra la totalidad de la medicación al considerar que con sus ingresos puede afrontar el 30 por ciento restante.

 

 Enfermedades crónicas y medicación

La medicación indicada no está incluída en el Programa Médico Obligatorio -principal argumento para negar la cobertura- pero sí está aprobada por las autoridades sanitarias

Ante ello la Justicia volvió a recordar que el PMO “no exime automáticamente a la demandada de brindar cobertura, ya que el PMO establece un mínimo de derechos que puede ampliarse si las circunstancias del caso lo justifican”

” Esto con fundamento en la protección constitucional del derecho a la salud, reconocido en el artículo 31 de la Constitución Nacional”

La enfermedad que padece el afiliado a OSDE es crónica, lo cual “justifica una cobertura del 70 por ciento del valor del medicamento”

En la actualidad, tiene un costo  mensual de 1.600.000 pesos por lo cual el paciente deberá afrontar unos 500.000 pesos al mes durante dos años.

Padece osteoporosis densitométrica con reciente fractura vertebral lumbar.

El Tribunal rechazó la cobertura del cien por ciento que pedía el afiliado con lo cual quedó vigente hasta que se resuelva una apelación de la prepaga la decisión de otorgarle cobertura del 70 por ciento.

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